Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza No Universitaria. Premios. (2021061850)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2019/2020.
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NÚMERO 117
Lunes, 21 de junio de 2021
30974
cursó estos estudios en el curso académico 20219-2020 con óptimos resultados académicos,
de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 4 de junio de 2021, de la Consejera de educación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios extraordinarios
de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm 109 de 9 de junio).
Segundo. Requisitos del alumnado.
1. P
odrá optar al premio extraordinario el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:
a. Haber superado en la convocatoria ordinaria del curso académico 2019-2020 los estudios conducentes a la obtención del Título de Bachiller de cualquiera de sus modalidades
en centros docentes de Extremadura.
b. H
aber obtenido una nota media en las calificaciones de los dos cursos igual o superior
a 8’75 puntos, computándose las calificaciones obtenidas en cada una de las materias
cursadas en el conjunto de la etapa.
2. L
a nota media se establecerá con dos cifras decimales redondeadas a la centésima más
próxima y, en caso de equidistancia, a la superior. No se tendrán en cuenta en dicho cálculo
las calificaciones de “apto”, “exento” o “convalidadado”.
Tercero. Cuantía de los premios y financiación.
1. S
e podrá conceder un premio extraordinario por cada mil estudiantes, o fracción superior
a quinientos, matriculados/as en el segundo curso de Bachillerato en los centros de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tanto públicos como privados, en las modalidades de
enseñanza presencial y a distancia.
2. D
e conformidad con lo anterior, se podrán conceder un máximo de ocho premios extraordinarios, dotados cada uno de ellos con un importe de novecientos euros, que facultan
además para optar al Premio Nacional de Bachillerato.
3. P
ara la financiación de estos premios se destinará la cantidad máxima de 7.200 euros,
que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 130020000/G/222G/48100/
CAG0000001/20030084 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2021.
Cuarto. Presentación de solicitudes.
1. E
l alumnado que desee optar al premio extraordinario presentará su solicitud en el modelo
que figura como anexo I a la presente resolución, en el plazo de diez días hábiles contados
a partir del siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente
convocatoria y del extracto de la misma conforme a lo establecido en el artículo 16 q) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lunes, 21 de junio de 2021
30974
cursó estos estudios en el curso académico 20219-2020 con óptimos resultados académicos,
de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 4 de junio de 2021, de la Consejera de educación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios extraordinarios
de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm 109 de 9 de junio).
Segundo. Requisitos del alumnado.
1. P
odrá optar al premio extraordinario el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:
a. Haber superado en la convocatoria ordinaria del curso académico 2019-2020 los estudios conducentes a la obtención del Título de Bachiller de cualquiera de sus modalidades
en centros docentes de Extremadura.
b. H
aber obtenido una nota media en las calificaciones de los dos cursos igual o superior
a 8’75 puntos, computándose las calificaciones obtenidas en cada una de las materias
cursadas en el conjunto de la etapa.
2. L
a nota media se establecerá con dos cifras decimales redondeadas a la centésima más
próxima y, en caso de equidistancia, a la superior. No se tendrán en cuenta en dicho cálculo
las calificaciones de “apto”, “exento” o “convalidadado”.
Tercero. Cuantía de los premios y financiación.
1. S
e podrá conceder un premio extraordinario por cada mil estudiantes, o fracción superior
a quinientos, matriculados/as en el segundo curso de Bachillerato en los centros de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tanto públicos como privados, en las modalidades de
enseñanza presencial y a distancia.
2. D
e conformidad con lo anterior, se podrán conceder un máximo de ocho premios extraordinarios, dotados cada uno de ellos con un importe de novecientos euros, que facultan
además para optar al Premio Nacional de Bachillerato.
3. P
ara la financiación de estos premios se destinará la cantidad máxima de 7.200 euros,
que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 130020000/G/222G/48100/
CAG0000001/20030084 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2021.
Cuarto. Presentación de solicitudes.
1. E
l alumnado que desee optar al premio extraordinario presentará su solicitud en el modelo
que figura como anexo I a la presente resolución, en el plazo de diez días hábiles contados
a partir del siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente
convocatoria y del extracto de la misma conforme a lo establecido en el artículo 16 q) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.