Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061851)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Comunidad de Regantes de Badajoz-Canal de Montijo, para la instalación fotovoltaica de autoconsumo "Planta solar FV Comunidad de Regantes Badajoz", ubicada en el término municipal de Montijo (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M-I/23/21.
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NÚMERO 117
Lunes, 21 de junio de 2021

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD

RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa
a la sociedad Comunidad de Regantes de Badajoz-Canal de Montijo, para
la instalación fotovoltaica de autoconsumo "Planta solar FV Comunidad de
Regantes Badajoz", ubicada en el término municipal de Montijo (Badajoz),
e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GEM-I/23/21. (2021061851)
Visto el expediente instruido en esta Dirección General, a petición de la sociedad Comunidad
de Regantes de Badajoz – Canal de Montijo, con C.I.F. Q0667004F y domicilio social en Avda.
José María Alcaraz y Alenda, 30, 06011 Badajoz (Badajoz), solicitando autorización administrativa previa de la instalación de referencia, se exponen los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 26 de enero de
2021, D./D.ª Rafael Salguero Vargas, en nombre y representación de la sociedad Comunidad
de Regantes de Badajoz – Canal de Montijo, presentó solicitud de autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica de autoconsumo “Planta solar FV Comunidad de
Regantes Badajoz” ubicada en término municipal de Montijo (Badajoz), y sus infraestructuras
de evacuación de energía eléctrica asociadas, acompañando el proyecto de construcción correspondiente.
Segundo. Con fecha de 21 de mayo de 2021, finalizó el trámite de información pública del
proyecto no habiéndose presentado alegaciones.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se dio traslado
de las separatas correspondientes a las distintas administraciones, organismos o empresas
de servicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, siendo
aceptados por el promotor los informes emitidos por los mismos.
A la vista del escrito emitido con fecha 27 de abril de 2021 por el Ayuntamiento de Montijo,
informando que se debe modificar la disposición de los paneles para respetar la separación a
linderos laterales de la parcela mínimos de 15 m con respecto a otras parcelas o afecciones,
con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 27 de mayo de 2021, D.
Rafael Salguero Vargas, en representación de la sociedad Comunidad de Regantes de Badajoz – Canal de Montijo, presenta modificación del proyecto de ejecución de la disposición de
los paneles con objeto de atender a la citada petición, cambios que no fueron considerados
sustanciales por este organismo.