Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2021061751)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2021/2022.
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NÚMERO 116
Viernes, 18 de junio de 2021

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— Modalidad B: Adquisición de material escolar. Por material escolar debe entenderse
aquellos recursos de carácter fungible necesarios para la adquisición de aprendizajes
curriculares relacionados con las diferentes áreas o materias del currículo.
Cuarto. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de estas ayudas los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impartan enseñanzas que se relacionan para cada una de las
modalidades de ayuda:
— Modalidad A: Enseñanzas de Educación Obligatoria y Educación Especial.
— Modalidad B: Enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil.
Quinto. Características de las ayudas.
1. L
 os fondos públicos que reciban los centros educativos serán gestionados por los Consejos
Escolares y se destinarán, exclusivamente, a la adquisición de libros de texto y de material
escolar.
2. E
 l alumnado becario dispondrá de forma gratuita, en concepto de préstamo, de los libros de
texto y material escolar seleccionados por el centro para los estudios que estén cursando.
3. L
 os libros de texto y el material escolar, puestos a disposición del alumnado, serán propiedad de los centros educativos, y se devolverán al centro en caso de traslado del alumno o
al finalizar el curso escolar.
4. L
 os centros educativos se responsabilizarán del cuidado y custodia de los libros y del material adquirido. También serán responsables de la gestión de la devolución de los libros y
los tendrán a disposición del alumnado para cursos posteriores.
5. El Consejo Escolar arbitrará las medidas necesarias para responsabilizar al alumnado en el
uso adecuado de los libros entregados. Para ello, los centros incorporarán en su Reglamento
de Organización y de Funcionamiento las normas de utilización y conservación de los libros
de texto, así como las medidas que corresponderían en caso de deterioro, extravío o no
devolución, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 50/2007, de 20 de marzo, por el que
se establecen los derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros
docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. E
 l alumnado está obligado a usar correctamente los libros entregados y devolverlos en
buen estado al centro, una vez finalizado el curso escolar o en caso de traslado. El deterioro
culpable, así como el extravío, supondrá la obligación de reponer el material deteriorado o
extraviado, por parte de los representantes legales del alumnado.