Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Presupuestos. (2021050107)
Orden de 14 de junio de 2021 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 116
Viernes, 18 de junio de 2021



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A
 simismo, los créditos incluidos en el estado de presupuesto de gasto se clasificarán
atendiendo al ámbito territorial de actuación, en el caso de créditos destinados a
transferencias o a inversiones, que se detalla en el anexo VII “Clasificación territorial”.

3. A
 dicionalmente, las estructuras de los ingresos y gastos definidas en los puntos anteriores
de este artículo se complementarán con el indicador del fondo de financiación, cumplimentado tal como se establece en el anexo VI “Relación de fondos” de la presente orden.
4. E
 structuras específicas de las entidades integrantes del sector público autonómico cuyos
presupuestos tienen carácter estimativo.
Las entidades comprendidas en el apartado c) del artículo 1 y cuyos presupuestos tengan
carácter estimativo, relacionados en el anexo X de la presente orden, elaborarán un presupuesto de explotación y un presupuesto de capital, que detallarán los recursos y dotaciones anuales correspondientes, previstos en el artículo 82 de la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura.
Artículo 3. Procedimiento, documentación y plazos para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
1. E
 ntidades integrantes del sector público autonómico cuyos presupuestos tienen carácter
limitativo.
La Secretaría General de Presupuestos y Financiación llevará a cabo las tareas de determinación, análisis y agregación de los datos necesarios para la elaboración del anteproyecto
de ingresos. Los ingresos de carácter finalista procedentes de las distintas Administraciones Públicas y entes privados se determinarán en función de su documentación justificativa, que será remitida por las Consejerías afectadas.
Las Consejerías que tuvieran adscritos organismos autónomos o entidades públicas con
presupuesto limitativo y estado de ingresos diferenciado remitirán las previsiones de ingresos correspondientes a cada uno de ellos.
Los centros gestores elaborarán a través de sus correspondientes oficinas presupuestarias las
propuestas de anteproyectos de los estados de gastos conforme a los criterios establecidos.
Las dotaciones correspondientes al programa 121A “Amortización y gastos financieros del
endeudamiento público” serán suministradas por la Secretaría General de Presupuestos y
Financiación.
La documentación justificativa, dependiendo del proceso concreto, en unos casos se obtendrá de forma automática como resultado del sistema de comunicación y suministro de
datos que facilita Alcántara y en los restantes se remitirá por la oficina presupuestaria.