Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Presupuestos. (2021050107)
Orden de 14 de junio de 2021 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 116
Viernes, 18 de junio de 2021



b/ Las finalidades y objetivos que el presupuesto pretende conseguir.



c/ Y la naturaleza económica de los gastos.

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2.A. Estructura orgánica. Las dotaciones consignadas en los programas de gastos se distribuirán por centros gestores, que son aquellas unidades con diferenciación presupuestaria que participan en la gestión de los mismos, de acuerdo con el desarrollo
establecido en el anexo III.
2.B. Estructura funcional. Esta estructura se aplica al presupuesto de gastos de los entes
comprendidos en el artículo 1 cuyos presupuestos tienen carácter limitativo.


L
 a asignación de recursos se efectuará dentro de una estructura de programas de
gasto, que será adecuada a los contenidos de las políticas de gasto que delimitan y
concretan las distintas áreas de actuación del presupuesto, y permitirá a los centros
gestores agrupar los créditos presupuestarios atendiendo a los objetivos a conseguir.



L
 a estructura de programas diferenciará los programas de gasto de carácter finalista
de los programas instrumentales y los de gestión. Los programas finalistas son aquellos a los que se puede asignar objetivos cuantificables e indicadores de ejecución
mensurables. Los objetivos se expresarán en unidades físicas cuando ello sea posible, lo que unido al establecimiento de los oportunos indicadores permitirá efectuar
un seguimiento de su grado de realización durante el ejercicio presupuestario. Los
programas instrumentales y de gestión son los que tienen por objetivo alguna de las
siguientes finalidades: la administración de los recursos necesarios para la ejecución
de actividades generales de ordenación, regulación y planificación; la ejecución de
una actividad que se perfecciona por su propia realización, sin que sea posible proceder a una cuantificación material de sus objetivos; o el apoyo a un programa finalista.



D
 ichos programas, sin perjuicio de su presentación separada por grandes centros
gestores, se agregarán en subfunciones, funciones y grupos de función de acuerdo
con la clasificación a que se refiere el anexo IV de la presente orden.

2.C. Estructura económica. Los créditos incluidos en los estados de gastos del presupuesto
se ordenarán, según su naturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos que se detalla en el anexo V. La descripción
del contenido de cada uno de los códigos económicos, capítulo, artículo, concepto y
subconcepto, se detalla en el anexo IX denominado “Código de la clasificación económica de los gastos”.