Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061833)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de Planta solar fotovoltaica "PR2" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Bloggers Energías Renovables, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA20/1433.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 115
Jueves, 17 de junio de 2021

30458

— Las zanjas, vaciados de tierras y cualquier elemento por debajo del nivel del suelo
susceptible de atrapar fauna vertebrada, contarán con sistemas de escape adecuados
mediante elementos específicos o taludes de tierra.
c. Medidas preventivas y correctoras en la fase de explotación.
—S
 e mantendrán en correcto estado de funcionamiento y operativas todas las instalaciones y dispositivos para cumplir las medidas correctoras incluidas en el presente
informe.
—L
 os residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
—N
 o se producirá ningún tipo de acumulación de materiales o vertidos fuera de las zonas
habilitadas.
—N
 o se utilizarán herbicidas para controlar la vegetación natural. Se hará mediante ganado evitando el sobrepastoreo (0,2 UGM/ha máximo) y excluyendo el ganado en el
periodo reproductor de la fauna entre abril y junio inclusive, o con medios mecánicos
que no afecten al suelo (desbrozadoras).
—S
 e realizará un mantenimiento preventivo de todos los aparatos eléctricos que contengan aceites o gases dieléctricos.
—S
 e cumplirá lo dispuesto en los términos recogidos en el Real Decreto 1066/2001, de
28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de
protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.
—E
 n caso de instalaciones de alumbrado exterior les serán de aplicación las disposiciones
relativas a contaminación lumínica, recogidas en el Real Decreto 1890/2008, de 14 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a
EA-07.
d. M
 edidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
—E
 n caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
dejará el área de actuación en perfecto estado de limpieza, con el restablecimiento de
la escorrentía original, intentando mantener la topografía original del terreno y procurando la restitución del terreno a su vocación previa al proyecto. Estas medidas se
realizarán en un periodo inferior a 9 meses.