Consejería De Educación Y Empleo. Residencias No Universitarias. (2021050102)
Orden de 10 de junio de 2021 por la que se convocan plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos en el curso 2021/2022.
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NÚMERO 115
Jueves, 17 de junio de 2021

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2. P
 ara el alumnado de enseñanzas postobligatorias que viniera disfrutando de plaza en alguna de las residencias objeto de la convocatoria, la renovación se producirá, previa solicitud,
siempre que los estudios para los que se ha matriculado en el curso 2021/2022 formen
parte de la misma etapa educativa. En ningún caso podrá ser renovada la plaza de residencia para cursar estudios en etapas educativas diferentes. El alumnado residente que se
encuentre en esta situación, deberá solicitar plaza de nuevo ingreso.
A estos efectos, constituyen etapas educativas independientes, las siguientes:


a) Cada una de las modalidades de Bachillerato.



b) Cada uno de los Ciclos Formativos de Grado Medio.



c) Cada uno de los Ciclos Formativos de Grado Superior.



d) Programas de Formación Profesional Básica.

3. No obstante, podrá denegarse la renovación de plaza en los casos siguientes:
a) Cuando el solicitante haya sido sancionado por la comisión de faltas contrarias a las normas de convivencia de centro, una vez dichas faltas hayan sido sancionadas mediante
acto administrativo firme y definitivo, y siempre que así se contemple en los estatutos
o normas de régimen interno del centro.
b) Cuando se aprecie un deficiente rendimiento académico del solicitante, considerando
como tal el hecho de que el alumno cuente con más de tres áreas o materias no superadas en la última evaluación efectuada por el equipo docente.
No se admitirán a trámite las solicitudes de renovación de plaza de aquellos residentes
cuyos progenitores o representantes legales tengan deudas con la Hacienda Autonómica,
salvo causa debidamente justificada que precisará autorización del Director General de
Innovación e Inclusión Educativa.
Artículo 5. Solicitudes.
1. L
 as solicitudes se dirigirán a la Consejería de Educación y Empleo, cumplimentando el modelo que figura como anexo II de la presente orden. En de caso de solicitar varias residencias, éstas deberán quedar ordenadas según la prioridad en el citado anexo.
2. L
 as solicitudes podrán presentarse, junto con la documentación requerida, en las Delegaciones Provinciales de Educación de Badajoz (Avda. de Europa, n.º 2) y de Cáceres (Avda.
de Clara Campoamor, n.º 2-5ª), en la Consejería de Educación y Empleo, así como en los
Centros de Atención Administrativa, en las Oficinas de Respuesta Personalizada, o en cual-