Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061790)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "IM2 Puebla de la Reina" de 4,798 MWp, e infraestructura de evacuación de 15 kV, a realizar en el término municipal de Villafranca de los Barros (Badajoz). Expte.: IA19/1859.
28 páginas totales
Página
NÚMERO 114
Miércoles 16 de junio de 2021

30190

o establecimientos de carácter industrial o terciario, se de alguna de las circunstancias
señaladas:


— El uso o actividad demanda unas condiciones urbanísticas de tamaño de parcela y/o
edificabilidad de elevada magnitud que no se encuentre disponible o porque no se
haya obtenido declaración de viabilidad para la transformación y urbanización del
suelo necesario a tal fin.



— El uso o actividad demanda de una superficie de suelo de gran magnitud y por el
contrario demanda, proporcionalmente, una mínima superficie edificable, y así lo
entiende el pleno. La proporción entre la superficie neta necesaria, descontada la superficie destinada a la reforestación, y la edificabilidad necesaria será del 20% como
máximo.



— Que el uso o actividad a implantar produzca o pueda producir impactos ambientales
superiores a los admitidos para los suelos urbanos o urbanizables.

De todo lo expuesto, a juicio del técnico que suscribe el informe, se comprueba que la
cita instalación puede ajustarse a lo definido en las NN.SS de planeamiento siendo por
tanto el uso compatible, debiéndose tramitar la correspondiente Calificación Urbanística, presupuesto básico para la realización de la instalación su autorización competencia
de la Junta de Extremadura.
El Proyecto presentado y con las consideraciones antes realizadas es compatible con las
NN.SS de Planeamiento en vigor.
El informe correspondiente al ingeniero técnico de fecha 25 de febrero de 2021 pone
de manifiesto que acuerdo a la documentación técnica aportada, los bienes que son
afectados a cargo de esta administración conforman los caminos públicos de titularidad municipal, reseñando que quedan afectados por cruzamientos y/o proximidad los
siguientes caminos:
Posteriormente, tras la modificaciones del proyecto como consecuencia del informe del
ayuntamiento de Villafranca de los Barros, y que fueron remitidas a ese consistorio con
fecha 23 de marzo de 2021, el Ayuntamiento remite con fecha de registro 29 de abril de
2021 un nuevo informe respecto a las mismas en las que pone de manifiesto que respecto de la justificación de las razones que puedan acreditar el supuesto de excepcionalidad
que motiva la necesidad de cruzar el camino de forma subterránea, el titular esgrime en
su escrito razones de tipo funcional, seguridad, visuales y ambientales, que a juicio de
estos servicios técnicos son suficientes para autorizar el cruzamiento solicitado.