Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Empresarial. Cámaras Oficiales De Comercio E Industria. (2021DE0006)
Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del Covid-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura.
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NÚMERO 114
Miércoles 16 de junio de 2021
30005
Artículo 26. Régimen jurídico y ámbito de aplicación.
1. L
as bases reguladas en el presente capítulo se rigen por lo establecido en las normas básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre General de Subvenciones, sin perjuicio de su carácter supletorio en el resto
de disposiciones; en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de
Extremadura; y en las demás normas concordantes en materia de subvenciones públicas.
Asimismo, la Administración Autonómica queda sometida a las obligaciones que en materia
de publicidad de subvenciones exige el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de
Gobierno Abierto de Extremadura.
2. L
as presentes bases serán aplicables en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Artículo 27. Planificación Estratégica.
El Plan de Juventud de Extremadura, el Plan Estratégico para la Igualdad entre mujeres y
hombres de Extremadura y la Estrategia de Empleo y Competitividad Empresarial y el Plan
de Empleo de Extremadura, se configuran como Plan Estratégico de las presentes ayudas, en
consonancia con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, junto con el plan específico elaborado al
efecto.
Artículo 28. Entidades beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en las presentes bases, los Municipios
de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una población inferior a 20.000 habitantes, según los datos de población que aparezcan en el último padrón municipal vigente a la
fecha de la publicación del presente Decreto-ley.
2. A
cada municipio beneficiario sólo se le subvencionará un proyecto de actividades de ocio y
tiempo libre y/o de educación no formal, en periodos no lectivos, dirigidas a niñas y niños
de 2 a 5 años, empadronadas en dicho Municipio a la fecha de publicación del presente
Decreto-ley y llevadas a cabo en centros o instalaciones de titularidad pública.
Miércoles 16 de junio de 2021
30005
Artículo 26. Régimen jurídico y ámbito de aplicación.
1. L
as bases reguladas en el presente capítulo se rigen por lo establecido en las normas básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre General de Subvenciones, sin perjuicio de su carácter supletorio en el resto
de disposiciones; en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de
Extremadura; y en las demás normas concordantes en materia de subvenciones públicas.
Asimismo, la Administración Autonómica queda sometida a las obligaciones que en materia
de publicidad de subvenciones exige el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de
Gobierno Abierto de Extremadura.
2. L
as presentes bases serán aplicables en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Artículo 27. Planificación Estratégica.
El Plan de Juventud de Extremadura, el Plan Estratégico para la Igualdad entre mujeres y
hombres de Extremadura y la Estrategia de Empleo y Competitividad Empresarial y el Plan
de Empleo de Extremadura, se configuran como Plan Estratégico de las presentes ayudas, en
consonancia con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, junto con el plan específico elaborado al
efecto.
Artículo 28. Entidades beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en las presentes bases, los Municipios
de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una población inferior a 20.000 habitantes, según los datos de población que aparezcan en el último padrón municipal vigente a la
fecha de la publicación del presente Decreto-ley.
2. A
cada municipio beneficiario sólo se le subvencionará un proyecto de actividades de ocio y
tiempo libre y/o de educación no formal, en periodos no lectivos, dirigidas a niñas y niños
de 2 a 5 años, empadronadas en dicho Municipio a la fecha de publicación del presente
Decreto-ley y llevadas a cabo en centros o instalaciones de titularidad pública.