Universidad De Extremadura. Concurso. (2021061804)
Resolución de 9 de junio de 2021, del Rector, por la que se convoca concurso público para cubrir varias plazas de personal docente e investigador contratado en régimen laboral.
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NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021

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3. L
 os solicitantes podrán acompañar los elementos que estimen conveniente para precisar
o completar los datos del modelo, los cuales podrán ser admitidos y tenidos en cuenta por
el órgano de selección. Una vez finalizado y firme el procedimiento, la documentación será
destruida sin que en ningún caso proceda su devolución.
4. L
 as personas aspirantes que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud y justificante del pago de las tasas independiente para cada una de ellas, acompañada en cada
caso de la documentación complementaria. En el caso de plazas cuyo perfil, categoría y
área de conocimiento sean idénticas, bastará con la presentación de una sola solicitud y
documentos que le acompañen, así como un solo justificante del pago de las tasas, indicando claramente en la solicitud y en el justificante del pago de las tasas, todas las plazas
a las que se desea concursar.
5. L
 a presentación de solicitudes estará sujeta al pago de las tasas establecidas en los presupuestos de la Universidad y, a tal efecto, los aspirantes deberán aportar junto a ellas
justificantes de haber abonado la cantidad de 25,00 euros, mediante ingreso/transferencia en la c/c ES27-0049-6147-62-2310012418 del Banco Santander, denominada “UEXCONCURSOS PDI”, expresando la clave de la plaza o plazas a las que se opte. La falta de
pago de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes, no es
subsanable y determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. Con
arreglo a lo dispuesto en la modificación de la Ley 18/2001, operada por virtud de la Ley
1/2018, de 23 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2018, se establece una bonificación parcial del 50 % de la cuota, para aquellos participantes que se encuentren en situación legal de desempleo durante, al menos,
los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.
Será requisito para el disfrute de la bonificación que, en el plazo citado, se encuentre sin
ocupación laboral efectiva en el sistema de la Seguridad Social. La situación de desempleo
se acreditará mediante informe de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la
Seguridad Social.
6. S
 i la solicitud presentara defectos de los catalogados como subsanables por el artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Órgano de Selección requerirá al interesado para que los subsane
en el plazo de diez días. En ningún caso tendrá el carácter de subsanable la falta de presentación de los documentos justificativos de los méritos alegados, o que supongan alteración
de los inicialmente indicados.
7. E
 l Rector de la Universidad de Extremadura, por él mismo, o a propuesta del presidente de
la comisión, deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.