Universidad De Extremadura. Concurso. (2021061804)
Resolución de 9 de junio de 2021, del Rector, por la que se convoca concurso público para cubrir varias plazas de personal docente e investigador contratado en régimen laboral.
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NÚMERO 113

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Martes, 15 de junio de 2021

ANEXO IV
BAREMO PARA LOS CONCURSOS DE SELECCIÓN DEL PROFESORADO
CONTRATADO EN LA UEX
Las actuaciones de las comisiones de selección que hayan de constituirse para resolver los
concursos públicos para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado
de la Universidad de Extremadura, se ajustarán al siguiente baremo y normas de aplicación:
Primera. De los méritos aportados por quienes presenten su candidatura, únicamente se tendrán en cuenta aquéllos debidamente justificados mediante documentos válidos en derecho,
que guarden relación con el área de conocimiento y perfil de la plaza objeto del concurso. Al
respecto se considerará la puntuación que se indique en el baremo cuando exista una relación
directa con el área de conocimiento y perfil de la plaza, y la mitad de dicha puntuación cuando
su relación sea afín. En caso de no contemplarse ninguna de estas opciones, no serán tenidos
en cuenta los méritos aportados.
Los apartados del baremo que se evaluarán sin tener en cuenta el perfil de idoneidad y afinidad de la plaza serán: 2d); 2e); 2f); 3f); 6a); 6b) y 6d).
En el apartado de contribuciones de carácter docente (3.g; 3.h) o científicas (4.c; 4.d y 4.e),
se tendrá en cuenta el número de autores o autoras siguiendo el siguiente criterio:
• se establecerá el número (N) medio de autores o autoras de uso común del área de conocimiento (a determinar previamente a la baremación).
• Si el número de autores o autoras (n) es menor o igual que N se da el máximo de puntuación prevista en cada caso.
• Si hay más de N autores o autoras, la puntuación prevista en cada caso se multiplicará
por un factor de corrección de N/n.
La comisión fijará todos estos aspectos, además del índice de referencia para valorar la calidad de las publicaciones evaluables en el apartado 4.c) previamente a la evaluación de la
documentación presentada por las personas candidatas en la primera reunión de constitución
y antes de que se conozcan las personas candidatas a las plazas.
Segunda. El baremo general se ajustará a los apartados que figuran en la siguiente tabla,
con la ponderación establecida en ésta. A tal efecto, la puntuación de cada apartado se multiplicará por el factor reflejado en la siguiente tabla.