Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061767)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Adaptación de edificación para casa rural" a ubicar en el polígono 4, parcela 650, del término municipal de Cabezuela del Valle, cuyo promotor es D. Andrés Martín Retamar. Expte.: IA19/1633.
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NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021

29922

Además, informa de la normativa específica de incendios forestales y en base a ella establece una serie de medidas incluidas en el presente informe técnico. Por último, informa de
que no hay registro de incendio en los últimos 30 años en la parcela objeto del proyecto.
— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe favorable, con fecha 12 de noviembre de 2020, en el que comunica que el proyecto no presenta
incidencias en el patrimonio arqueológico conocido. No obstante, acompaña una serie de
medidas que se adicionan al cuerpo del presente informe.
— La Confederación Hidrográfica del Tajo emite informe con fecha 21 de enero de 2021 en el
que comunica que la actividad no tendrá ningún tipo de interferencias con aguas superficiales ni con el DPH. En cuanto a los espacios protegidos, la actividad se desarrolla dentro de
Zonas Sensible de las áreas de captación “Embalse de Jerte-Plasencia-ESCM551” recogida
oficialmente en el PHT 2015-2021. Informa que, dado que tanto el abastecimiento de agua
como el saneamiento serán solventados con conexión a la red general, no requiere autorización de este organismo. Finaliza realizando una serie de indicaciones en el ámbito de sus
competencias que han sido recogidas en el presente informe técnico.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la Sección 1ª del Capítulo II, del Título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
3.1. Características de proyecto.
La ejecución del proyecto conlleva la construcción de una edificación en el predio, cuya
finalidad será la actividad de alojamiento rural. Dicha actividad se desarrollará en una casa
dotada de abastecimiento de agua, red de saneamiento y suministro eléctrico, acometidas
todas al suministro general del pueblo, puesto que se encuentra muy cercano al casco urbano. Además, la finca dispone de un cerramiento perimetral de mampostería irregular y
vallas metálicas y esta delimitada por mojones.
Se pretende una ocupación máxima de 6 huéspedes, ya que se cuenta con una superficie
construida de 150,15 m2 distribuidos en vestíbulo, salón-estar, comedor-cocina, distribuidor, dormitorio principal, 2 dormitorios dobles, baño y un espacio para instalaciones.
El desarrollo de las actividades conllevará una producción de residuos asimilables a urbanos y aguas residuales.