Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061753)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para cebadero de terneros promovido por Agroganadera de Retamosa, SL, en el término municipal de Albalá.
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NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021

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además, de un “Plan de Aplicación Agrícola” de los estiércoles en el que conste, por
años, la producción de estiércoles o purines, su contenido en nitrógeno, así como las
parcelas donde se aplica, qué se cultiva y en qué momento se realizan las aplicaciones. La aplicación agrícola se realizará cumpliendo las siguientes condiciones:


• La aplicación total de nitrógeno / ha · año será inferior a 80 Kg en cultivos de secano y 170 Kg en regadío. Para los cálculos se tendrán en cuenta todos los aportes
de nitrógeno en la finca (purines o estiércol procedente de ganado, fertilizantes
con contenido en nitrógeno, etc.).



• Se buscarán los momentos de máximas necesidades de los cultivos. No se harán
en suelos con pendientes superiores al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar ni cuando el tiempo sea lluvioso. Se dejará sin abonar una
franja de 100 m de ancho alrededor de todos los cursos de agua. No se aplicarán
a menos de 300 m de cualquier captación de agua para consumo humano. No se
aplicará de forma que cause olores u otras molestias a los vecinos. La distancia
mínima para la aplicación del purín sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de 1.000 m.



• La aplicación de los estiércoles se regirá por los condicionantes de la Orden de 9
de marzo de 2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se
aprueba el Programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias en Extremadura; así como por la
Orden de 6 de agosto de 2009, por la que se modifica la Orden de 9 de marzo de
2009.



— Tratamiento y gestión de otros residuos y subproductos animales: Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y suelos contaminados. La gestión
de residuos deberá ser realizada por empresas que estén registradas conforme a lo
establecido en la Ley 22/2011.

Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en la legislación y normas técnicas
que le sean de aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos
peligrosos no podrá exceder de seis meses. La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas que estén registradas conforme a la normativa.
La eliminación de los cadáveres se efectuará conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre