Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061753)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para cebadero de terneros promovido por Agroganadera de Retamosa, SL, en el término municipal de Albalá.
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NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021



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— La ubicación planteada de la nave 1 supondrá la corta de encinas adultas por lo que
deberá contar con la autorización del servicio de Gestión y Ordenación Forestal. En
cualquier caso, a la hora de la ejecución de las obras deberá intentar conservar el
mayor numero de encinas, por lo se realizarán preferentemente podas ajustándose
a la futura nave cebadero.



— La parcela cuenta con afloramientos rocosos por lo que las construcciones deberán
ajustarse en la medida de lo posible a sus delimitaciones. Las construcciones deberán evitar dañar los afloramientos y el arbolado existente.



— Los movimientos de tierras serán los mínimos imprescindibles. Se respetará el arbolado autóctono existente en el entorno de las instalaciones. No se emplearán herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto riesgo de contaminación
de las aguas públicas y el daño a la fauna silvestre existente.



— La cubierta exterior de las instalaciones deberá presentar materiales que atenúen su
impacto visual, aconsejando que su color sea el verde carruaje o rojizo. Los acabados
de las construcciones deberán ser de tonos que se integren lo mejor posible en el
entorno, utilizando tono tostados, ocres o albero para los exteriores. Las ventanas,
puertas, elementos metálicos que den al exterior, tolvas y el depósito de agua deberán ser del mismo color que las cubiertas. No deben utilizarse tonos llamativos o
brillantes.



— Se dispondrá de una fosa con un sistema estanco y debidamente dimensionado para
las aguas procedentes de las naves de engorde y del estercolero. En el caso de que
sean detectados productos químicos (desinfectantes), el vertido final almacenado
será entregado a un gestor de residuos debidamente autorizado por el organismo
competente, y para el caso que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final
será empleado como fertilizante orgánico. La frecuencia de vaciado de la fosa será
siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad.



— Se dispondrá de un estercolero impermeable con capacidad para almacenar la producción de al menos quince días de estiércoles. Se deberá cubrir el estercolero mediante la construcción de un cobertizo o una cubierta flexible (plástico), impidiendo
de este modo el acceso de pluviales al interior del cubeto. Se realizará con pendiente
para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a la fosa. No obstante, cada 15
días como máximo deberá retirar su contenido, momento que se aprovechará para
el mantenimiento de esta infraestructura, comprobando que se encuentra en condiciones óptimas, y reparando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable de la instalación.