Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021040072)
Decreto 59/2021, de 9 de junio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de la Serena.
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NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021

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d) Los tramos de la red que deban transcurrir en superficie adoptarán medidas paisajísticas que favorezcan su integración en el entorno.
2. P
 ara la más correcta instalación de las conducciones los Planes Generales Municipales establecerán una reserva de suelo de una anchura de 20 m. en los pasillos que de acuerdo con
el apartado anterior se definan por la planificación sectorial, así como para las conexiones
necesarias para atender a los núcleos de población. Esta reserva se efectuará cautelarmente hasta tanto no se efectúe la correspondiente evaluación de impacto ambiental. (D)
3. S
 e recomienda que el trazado de la conducción de la red primaria de gas se trace por el
corredor de transportes, evitando la incompatibilidad con las restantes infraestructuras y
sin que el mismo genere nuevas afecciones. (R)
Artículo 79. Energías renovables y ahorro energético. (D y R)
1. L
 os Planes Generales Municipales y las ordenanzas de edificación establecerán las medidas
necesarias que faciliten el aprovechamiento de las energías renovables y eviten su impacto
paisajístico. (D)
2. L
 os Planes Generales Municipales a fin de no condicionar la localización futura de los desarrollos urbanísticos determinarán aquellos suelos en los que sea de aplicación criterios
específicos de implantación de energías renovables. (D)
3. S
 e recomienda a la administración competente la incentivación de las instalaciones de producción de energía a partir de fuentes renovables destinadas a la distribución y/o consumo
en el ámbito. (R)
4. S
 e recomienda la incorporación en las ordenanzas municipales de edificación de normas
para el ahorro energético mediante el tratamiento de aislamientos y orientación de la edificación. (R)
5. L
 os parques eólicos, las instalaciones solares termoeléctricas, las instalaciones fotovoltaicas con una superficie de paneles instaladas sobre el suelo superiores a 2.000 m2 y las
instalaciones de biomasa para usos eléctricos o térmicos incorporarán un estudio paisajístico que determine sus efectos, incluyendo, como mínimo, las vistas desde los núcleos
urbanos y zonas de concentración de población más próximos y desde los puntos más
cercanos de las carreteras, así como las medidas adoptadas de integración paisajística en
el entorno. (D)