Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021040072)
Decreto 59/2021, de 9 de junio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de la Serena.
72 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021
29634
5. L
as medianeras que queden por encima de otras edificaciones o linden a espacios libres o
suelo no urbanizable deberán recibir tratamiento de fachada. (D)
6. L
os Planes Generales Municipales deberán contemplar la ordenación del paisaje del entorno de
los núcleos de población y justificar las propuestas adoptadas para la mejora del mismo. (D)
7. E
n los nuevos crecimientos urbanos en laderas se propiciará la edificación en diferentes
volúmenes y rasantes frente a los diseños consistentes en grandes edificaciones basados
sobre extensas explanaciones del terreno (R).
8. E
n las urbanizaciones de baja densidad con viviendas aisladas o pareadas las explanaciones
en laderas con pendientes iguales o superiores al 15% destinadas a acoger la edificación
residencial se construirán con su eje más largo paralelo a las curvas de nivel. Se evitarán
las explanadas en un solo nivel con una superficie superior a 250 m2 por vivienda (R).
9. L
a finalización de las áreas urbanas o urbanizables de los núcleos se llevarán a cabo, preferentemente, con viales o espacios libres arbolados que eviten la aparición de traseras (R).
10. P
ara favorecer la recuperación del patrimonio tradicional edificado en los núcleos rurales
del ámbito, se recomienda la adopción de medidas en el Plan General Municipal que ordenen y faciliten las operaciones de rehabilitación de viviendas para uso permanente y/o
temporal frente a la clasificación de nuevos suelos urbanizables. (R)
11. L
os Planes Generales Municipales tendrán en cuenta en las propuestas de ordenación de
los nuevos crecimientos urbanos los siguientes criterios de sostenibilidad ambiental: (R)
a) La mejora en la gestión del ciclo del agua mediante la racionalización de los consumos,
la reducción de pérdidas, la generalización de la depuración y la reutilización de aguas
residuales depuradas.
b) La gestión de los residuos urbanos con procedimientos de reducción, reutilización, reciclado y depósito en condiciones seguras.
c) La reducción del tráfico motorizado y la potenciación de los modos de transporte colectivo.
d) La reducción de la contaminación acústica y la mejora de la calidad del aire a través del
control del tráfico, de las fuentes emisoras puntuales y de las condiciones de aislamiento acústico de la edificación.
e) L
a mejora de la eficiencia energética mediante una mayor adaptación de la edificación
a las condiciones climáticas y mediante la reducción del uso del vehículo privado en las
relaciones de movilidad.
Martes, 15 de junio de 2021
29634
5. L
as medianeras que queden por encima de otras edificaciones o linden a espacios libres o
suelo no urbanizable deberán recibir tratamiento de fachada. (D)
6. L
os Planes Generales Municipales deberán contemplar la ordenación del paisaje del entorno de
los núcleos de población y justificar las propuestas adoptadas para la mejora del mismo. (D)
7. E
n los nuevos crecimientos urbanos en laderas se propiciará la edificación en diferentes
volúmenes y rasantes frente a los diseños consistentes en grandes edificaciones basados
sobre extensas explanaciones del terreno (R).
8. E
n las urbanizaciones de baja densidad con viviendas aisladas o pareadas las explanaciones
en laderas con pendientes iguales o superiores al 15% destinadas a acoger la edificación
residencial se construirán con su eje más largo paralelo a las curvas de nivel. Se evitarán
las explanadas en un solo nivel con una superficie superior a 250 m2 por vivienda (R).
9. L
a finalización de las áreas urbanas o urbanizables de los núcleos se llevarán a cabo, preferentemente, con viales o espacios libres arbolados que eviten la aparición de traseras (R).
10. P
ara favorecer la recuperación del patrimonio tradicional edificado en los núcleos rurales
del ámbito, se recomienda la adopción de medidas en el Plan General Municipal que ordenen y faciliten las operaciones de rehabilitación de viviendas para uso permanente y/o
temporal frente a la clasificación de nuevos suelos urbanizables. (R)
11. L
os Planes Generales Municipales tendrán en cuenta en las propuestas de ordenación de
los nuevos crecimientos urbanos los siguientes criterios de sostenibilidad ambiental: (R)
a) La mejora en la gestión del ciclo del agua mediante la racionalización de los consumos,
la reducción de pérdidas, la generalización de la depuración y la reutilización de aguas
residuales depuradas.
b) La gestión de los residuos urbanos con procedimientos de reducción, reutilización, reciclado y depósito en condiciones seguras.
c) La reducción del tráfico motorizado y la potenciación de los modos de transporte colectivo.
d) La reducción de la contaminación acústica y la mejora de la calidad del aire a través del
control del tráfico, de las fuentes emisoras puntuales y de las condiciones de aislamiento acústico de la edificación.
e) L
a mejora de la eficiencia energética mediante una mayor adaptación de la edificación
a las condiciones climáticas y mediante la reducción del uso del vehículo privado en las
relaciones de movilidad.