Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Indicación Geográfica Proteg. (2021040071)
Decreto 58/2021, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Indicaciones Geográficas Protegidas "Ternera de Extremadura" y "Vaca de Extremadura".
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NÚMERO 113

29591

Martes, 15 de junio de 2021

Extremadura” y de la asociación de productores que ha instado el reconocimiento e inscripción de la Indicación Geográfica Protegida “Vaca de Extremadura”, en ejercicio de la potestad
reglamentaria regulada en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la
Junta de Extremadura en su sesión de 9 de junio de 2021,
DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación del reglamento de las indicaciones geográficas protegidas
“Ternera de Extremadura” y “Vaca de Extremadura” y de su consejo regulador común, el Consejo Regulador de las indicaciones geográficas protegidas de Carne de
Vacuno de Extremadura.
Se aprueba el Reglamento de las indicaciones geográficas protegidas “Ternera de Extremadura” y “Vaca de Extremadura” y de su consejo regulador común, Consejo Regulador de las indicaciones geográficas protegidas de Carne de Vacuno de Extremadura, cuyo texto se inserta
como anexo de este decreto.
Artículo 2. Constitución del Consejo Regulador de las indicaciones geográficas protegidas de Carne de Vacuno de Extremadura y nombramiento de las personas de su
pleno provisional.
1. S
 e constituye el Consejo Regulador de las indicaciones geográficas protegidas de Carne de
Vacuno de Extremadura, que se subroga en los derechos y obligaciones del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida “Ternera de Extremadura”, al cual sustituye.
2. L
 as personas que pertenezcan al Pleno del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica
Protegida “Ternera de Extremadura” desempeñarán provisionalmente las funciones del Pleno del Consejo Regulador de las indicaciones geográficas protegidas de Carne de Vacuno
de Extremadura.
3. D
 icho pleno estará obligado a promover de forma inmediata la aprobación de los Estatutos
conjuntos de ambas indicaciones geográficas protegidas, así como a convocar con igual
celeridad elecciones para el nombramiento de miembros del Consejo Regulador común.
Disposición adicional única. Pliegos de condiciones.
El pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida “Ternera de Extremadura”,
podrá consultarse en la sede oficial de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a través de la siguiente dirección de Internet: