Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061745)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 8 hectáreas de olivar en la finca El Españar", cuyo promotor es D. Antonio Manuel Medina Reina, en el término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA18/1555.
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NÚMERO 112
Lunes, 14 de junio de 2021

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las características de las sustancias que se almacenarán y que pueden ser vertidas,
suponiendo un peligro cierto de afección sobre este espacio de la Red Natura 2000 y
sobre sus hábitats y especies, en particular, sobre el jarabugo (Anaecyparis hispánica). En este sentido añade:


- En relación a los vertidos de productos químicos, el riesgo de vertidos derivados
de la explotación del cultivo, ubicada en buena medida encima de la cuenca del
arroyo Arrozauces, no puede ser descartada, tanto por causas accidentales, como
por la propia existencia de vertidos limitados pero repetidos, fenómenos naturales
extremos o negligencia en la gestión.



- En relación al sistema hídrico del ZEC, indica que otra afección a considerar es la
detracción de agua para consumos de la explotación del sistema hídrico del río
Ortiga (tanto de aguas superficiales como subterráneas), debiendo ser consideradas estas detracciones como importantes por la situación hídrica extrema de este
cauce y las previsiones climáticas, debiendo ser este impacto evaluado teniendo en
cuenta los efectos acumulativos de otros proyectos y aprovechamientos ya autorizados en este ámbito y considerando la falta de agua por una excesiva detracción
para otros usos, especialmente en periodos estivales, siendo uno de los mayores
riesgos sobre los objetivos de conservación de este espacio de la Red Natura 2000.



Respecto a esta alegación, cabe indicar que en el presenta informe de impacto ambiental se establecen una serie de medidas de obligado cumplimiento por parte del
promotor destinadas a eliminar y mitigar los impactos ambientales derivados de posibles vertidos de sustancias contaminantes, así como de posibles eventos de contaminación de carácter difusa. En cuanto a las detracciones de recursos hídricos, tal y
como se establece en el informe emitido por el órgano de cuenca competente para la
obtención de la concesión de aguas para riego solicitada, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, existirían recursos hídricos suficientes, siendo la solicitud compatible
con el plan hidrológico de cuenca.



- El plan de gestión de este espacio de la Red Natura 2000 incluye una zonificación
que determina la calificación como zona de alto interés a toda la superficie afectada por el presente proyecto. Aunque en la zonificación se observan, precisamente
en este punto, alteraciones que rompen la uniformidad de la zona de alto interés
entorno al arroyo Arrozauces, en realidad esta uniformidad de hábitats de interés
y elementos clave de la ZEC existía antes de que en 2011 se permitiera a la propiedad arar la superficie del recinto 5 de la parcela 7 del polígono 4, eliminando
la vegetación natural arbustiva y herbácea que existía allí, con afección a varios
hábitats de interés comunitario. Argumenta en este sentido que el plan de gestión