Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061737)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Adecuación y mejora de accesos ruta Cuarcita Armoricana: acondicionamiento del área de autocaravanas del complejo Racha-Rachel en Zarza la Mayor", cuyo promotor es Diputación de Cáceres. Expte.: IA20/0971.
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NÚMERO 112
Lunes, 14 de junio de 2021



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— Los caminos que se hayan visto afectados durante la ejecución de las obras serán
restituidos a su estado original.

— Elementos del paisaje, como las paredes de piedra, que se hayan visto afectados
durante la ejecución de las obras serán restituidos a su estado original.


— En ningún caso se dejarán restos y basuras (plásticos, embalajes, restos de tubería,
etc.) en el entorno. Al finalizar los trabajos se deberá proceder a la retirada de cualquier tipo de residuo no biodegradable generado por la maquinaria u operarios, los
cuales serán almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder, debiendo ser entregados a un gestor autorizado para
su tratamiento adecuado, disponiendo de acreditación documental de dicha entrega.
En todo caso se cumplirá lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.

— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles
vertidos accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda
generar la maquinaria se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para
su evacuación y tratamiento por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá toda la
normativa relativa a residuos.


— Para minimizar la emisión de contaminantes y ruidos a la atmósfera la maquinaria
debe estar puesta a punto en cuanto a los procesos responsables de sus emisiones,
cumpliendo lo dispuesto en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que
se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de
uso al aire libre.



— Todas las construcciones e instalaciones auxiliares se adecuarán al entorno rural en
el que se ubican. Los acabados exteriores se realizarán con tonos y colores que se
integren y no destaquen en el entorno. En cualquiera de los elementos constructivos e
instalaciones auxiliares no deben utilizarse tonos llamativos o brillantes. El hormigón
utilizado en los acabados o terminaciones de obra vista deberá estar tintado en masa
con tonos similares a los del entorno (o bien deberán utilizarse envejecedores del
hormigón). En los rellenos de los viales se emplearán materiales integrados en el
entorno. Los trabajos de mampostería, en el caso de ser necesarios, se realizarán
con piedra del lugar superpuesta, nunca chapada, y sin ningún tipo de enlucido
exterior.



— Para el cerramiento perimetral, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 226/2013,
de 3 de diciembre por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la comunidad
autónoma de Extremadura.