Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061737)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Adecuación y mejora de accesos ruta Cuarcita Armoricana: acondicionamiento del área de autocaravanas del complejo Racha-Rachel en Zarza la Mayor", cuyo promotor es Diputación de Cáceres. Expte.: IA20/0971.
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NÚMERO 112
Lunes, 14 de junio de 2021
29527
— En cuanto a las tierras y piedras de desmonte, en cumplimiento del principio de
jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia
obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en restauración,
acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación en vertedero. En
este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de
octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados
para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que
se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
— Un posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras
durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del
aporte de sólidos a los cauces, por lo que habrá que tomar las medidas necesarias
para evitarlo.
Con objeto de producir la mínima afección posible a los cursos de agua, se prohíbe:
• Efectuar vertidos directos o indirectos que contaminen las aguas.
• Acumular residuos sólidos, escombros o sustancias, cualquiera que sea su naturaleza y el lugar en que se depositen, que constituyan o puedan constituir un
pliego de contaminación de las aguas o de degradación de su entorno.
• Efectuar acciones sobre el medio físico o biológico al agua que constituyan o
puedan constituir una degradación del mismo.
— Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos existentes con el terreno con exceso de humedad. Durante los periodos de
tiempo en que la maquinaria no esté en funcionamiento, ésta permanecerá en los
lugares designados como parque de maquinaria.
— Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas
en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de
préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las
autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
— Las áreas de acopio y el parque de maquinaria se ubicarán en un lugar adecuado, no
situándolo inmediatamente junto a los cauces, tomando las medidas necesarias de
protección de los materiales para evitar posibles derrames accidentales y arrastres
hacia la red de drenaje natural. En los cambios de aceite y lubricación de la maquinaria se debe prevenir cualquier pérdida o vertido incontrolado. El parque de maquinaria se situará en zonas previamente degradadas o carentes de vegetación.
Lunes, 14 de junio de 2021
29527
— En cuanto a las tierras y piedras de desmonte, en cumplimiento del principio de
jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia
obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en restauración,
acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación en vertedero. En
este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de
octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados
para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que
se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
— Un posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras
durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del
aporte de sólidos a los cauces, por lo que habrá que tomar las medidas necesarias
para evitarlo.
Con objeto de producir la mínima afección posible a los cursos de agua, se prohíbe:
• Efectuar vertidos directos o indirectos que contaminen las aguas.
• Acumular residuos sólidos, escombros o sustancias, cualquiera que sea su naturaleza y el lugar en que se depositen, que constituyan o puedan constituir un
pliego de contaminación de las aguas o de degradación de su entorno.
• Efectuar acciones sobre el medio físico o biológico al agua que constituyan o
puedan constituir una degradación del mismo.
— Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos existentes con el terreno con exceso de humedad. Durante los periodos de
tiempo en que la maquinaria no esté en funcionamiento, ésta permanecerá en los
lugares designados como parque de maquinaria.
— Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas
en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de
préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las
autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
— Las áreas de acopio y el parque de maquinaria se ubicarán en un lugar adecuado, no
situándolo inmediatamente junto a los cauces, tomando las medidas necesarias de
protección de los materiales para evitar posibles derrames accidentales y arrastres
hacia la red de drenaje natural. En los cambios de aceite y lubricación de la maquinaria se debe prevenir cualquier pérdida o vertido incontrolado. El parque de maquinaria se situará en zonas previamente degradadas o carentes de vegetación.