Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021061721)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para el personal que presta servicios en Cruz Roja Española de Cáceres.
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NÚMERO 112
Lunes, 14 de junio de 2021

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2. Créditos para la Formación
Cruz Roja Española en Cáceres se compromete a establecer un crédito horario para la
realización de acciones de formación que supongan una mejora para el posible desarrollo
profesional de los/as trabajadores/as realizadas en centros externos a CRE y fuera de los
planes formativos propios que la institución realiza regulados en al Artículo 19 del convenio
colectivo en vigor de CRE en Cáceres
2.1. Beneficiarios
Podrán optar aquellos trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del convenio de
Cruz Roja Española en Cáceres y que, a la fecha de presentar la solicitud tengan una
antigüedad mínima de 1 año de trabajo efectivo y con contrato en vigor en el momento
de comenzar la formación.
2.2 Estudios objeto de aplicación del Crédito de Horas
Este crédito de horas será de aplicación en los casos en que la formación de interés para
el trabajador y para CRE coincida total o en parte con la jornada laboral, y siempre y
cuando se justifique la imposibilidad de realización de la formación en otro horario que
no coincida con la jornada laboral.
En caso de que coincida con su jornada laboral, el trabajador solo podrá hacer uso del
20% de su jornada semanal durante mes y medio.
2.3 Procedimiento
La solicitudes se presentaran en la Secretaría Provincial en el mes anterior al inicio de
la acción formativa, esta las trasladará a la Comisión Valoración para su estudio e informará al Comité de Empresa.


2.3.1 Solicitud para disponer del Crédito horario para Formación

La recepción de solicitudes se mantendrá abierta durante todo el año.
La Comisión de Valoración analizará mensualmente las solicitudes presentadas, y se
comunicará individual y por escrito a cada trabajador/a, e informando al Comité de
Empresa, la resolución adoptada sobre su solicitud.
Cada persona interesada formulará su solicitud según modelo Anexo III y lo hará
llegar a la persona que la empresa designe para ello, bien personalmente o mediante
correo electrónico.