Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021061721)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para el personal que presta servicios en Cruz Roja Española de Cáceres.
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NÚMERO 112
Lunes, 14 de junio de 2021

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La pertenencia a un grupo profesional capacitará para el desempeño de todas las tareas y
cometidos propios del mismo, sin más limitaciones que las derivadas de la exigencia de las
titulaciones específicas y de los demás requisitos de carácter profesional contemplados.
Los criterios para determinar la pertenencia a los grupos profesionales:
1. La determinación de la pertenencia a un grupo profesional será el resultado de la ponderación, entre otros, de los siguientes factores: formación, conocimientos y experiencia,
iniciativa, autonomía, responsabilidad y complejidad.
2. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se tendrá en cuenta:


a) Formación, conocimientos y experiencia: Factor para cuya valoración se tendrá en
cuenta, además de la formación requerida para cada grupo profesional, la experiencia profesional adquirida en el desempeño de dichas funciones y la especialización de
dicha formación.

b) 
Iniciativa: Predisposición de emprender acciones, crear oportunidades y mejorar
resultados sin necesidad de un requerimiento externo que lo empuje, apoyado en la
autorresponsabilidad. Supone una actitud proactiva, aprovechando oportunidades y
persiguiendo los objetivos más allá de lo que se requiere.


c) Autonomía: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de dependencia
jerárquica en el desempeño de tareas o funciones que se desarrollen.



d) Responsabilidad: Factor para cuya valoración se tendrán en cuenta el grado de autonomía de acción de/l/la trabajador/a, el nivel de influencia sobre los resultados, la
relevancia de la gestión sobre recursos humanos, técnicos y productivos y la asunción del riesgo por las decisiones tomadas y sus consecuencias.



e) Complejidad: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el número y el grado
de integración de los diversos factores antes enumerados en la tarea o puesto encomendado.

Artículo 10. Grupos profesionales.
El personal de la Oficina Provincial de Cruz Roja Española en Cáceres se clasifica en Grupos y
Niveles Profesionales, atendiendo a las aptitudes, experiencia y conocimientos exigidos para
el desempeño de los distintos puestos de trabajo.
A estos efectos se determinan en este Convenio los siguientes Grupos Profesionales y Niveles,
con la pretensión de adaptar los grupos y niveles a las nuevas titulaciones.