Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2021061735)
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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Lunes, 14 de junio de 2021

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la
que se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2021. (2021061735)
De conformidad con las bases reguladoras (Decreto 99/2014, de 3 de junio, por el que se
aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la producción de cortometrajes y a cortometrajes realizados de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria de las mismas
para 2014; publicadas en el DOE número 109, de 9 de junio de 2014), así como el apartado
duodécimo de la Resolución de 27 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas destinadas a la producción de cortometrajes de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2021 (DOE n.º 1, de 4/01/2021), vista el acta de la Comisión de
Valoración de fecha 16 de abril de 2021, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas a la producción de cortometrajes que se especifican en el
anexo I, por un importe total de setenta y nueve mil novecientos setenta y cuatro euros
(79.974,00 €), que se imputará a la aplicación presupuestaria 15.0020000 G/273B/77000
y código de proyecto 20040309 (“Apoyo a producciones de cine y audiovisuales”) de la Ley
1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
Segundo. Denegar las ayudas que se especifican en el anexo II, por las causas que en él se
mencionan.
Tercero. Las ayudas concedidas son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención de
las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma finalidad siempre
que la cuantía de ayudas públicas no supere, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el 50 % del coste del proyecto para el que se solicita la subvención.
Cuarto. Los proyectos que son objeto de ayuda deberán iniciarse a partir del 1 de enero del
año 2021, y terminar antes del 1 de noviembre del año 2021.
Quinto. El pago de las ayudas se efectuará teniendo en cuenta lo siguiente:
1. La aportación de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes se efectuará durante el año
2021 a la finalización de la producción objeto de ayuda. Se abonará el 100 % de la ayuda una vez se realice la producción. Para ello la empresa beneficiaria deberá justificar la
inversión del presupuesto de producción aprobado y presentar el resto de documentación