Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Subastas. (2021080796)
Anuncio de 2 de junio de 2021 por el que se da publicidad a la enajenación de ganado porcino raza Duroc y raza Ibérica.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021

29297

Para tomar parte en la subasta no será necesario constituir garantía provisional en base
al artículo 106 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector
Público y de la Ley 2/2008, de 16 de junio de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
6. F
 orma de adjudicación:
La adjudicación se efectuará por subasta, la cual versará sobre un tipo expresado en dinero, a cuyo efecto la Mesa de Enajenación acordará la adjudicación al licitador que, sin
ofertar un precio inferior al de valoración mínima de salida que especifica el anexo I de este
anuncio, oferte el precio más alto.
La subasta, que tendrá el carácter de acto público, se llevará a cabo mediante el sistema
de puja a la llana, en tramos mínimos de 50 euros.
7. P
 ago y traslado del ganado:
La retirada del ganado se sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones previas:
a) Se realizará en el plazo máximo indicado en el apartado 4 de este anuncio, para lo
cual será preceptivo la presentación del Modelo 50 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (Código 12401.3), por el que se acredite por la Entidad Bancaria
el pago del importe de adjudicación. Se puede enviar de forma telemática al correo
censyra@juntaex.es
b) Igualmente será preceptiva la emisión de la Guía de Origen y Sanidad Pecuaria expedida
por el Veterinario de la Oficina Veterinaria de Zona, cuyo período de vigencia será de 5
días naturales desde su expedición. Este documento se solicitará desde la explotación
de salida (CENSYRA), que posee una calificación sanitaria de Indemne de la Enfermedad
de Aujeszky (A3).
c) Durante el transporte, estos animales no podrán estar en contacto con otros que no
procedan de la misma explotación de salida.
8. I mpuestos:
El precio de remate final de los productos, una vez subastados, se incrementará con el
10% de IVA.
9. E
 fectos y régimen:
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente
ejecutivos. Salvo en casos de fuerza mayor, y siempre que no exista actuación impru-