Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Montes. (2021061665)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se acuerda el inicio del procedimiento de autorización demanial para la realización de actividades cinegéticas en el monte de utilidad pública n.º 124 "Ruas", ubicado en el término municipal de Garciaz (Cáceres), y propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Expte.:2110AT009.
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NÚMERO 110

28805

Jueves, 10 de junio de 2021

4. S
 i la solicitud no reúne los requisitos necesarios exigibles, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo máximo e improrrogable de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistida de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos
en el artículo 21 de la Ley 39/2015.
Cuarta. Procedimiento de otorgamiento de autorización para actividades cinegéticas.
1. E
 l procedimiento se iniciará de oficio mediante la correspondiente convocatoria para
el otorgamiento de autorización cinegética, que será publicada en el Diario Oficial de
Extremadura y en los tablones de edictos del Ayuntamiento de la localidad en suyo término
se ubica el Monte.
2. El procedimiento se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva, a través
de la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre
las mismas, de acuerdo con la oferta económica presentada, y de conformidad con los
principios de publicidad y transparencia. La adjudicación de la autorización se realizará en
favor de aquella solicitud que haya presentado el importe de mayor cuantía. En caso de
igualdad en las ofertas, la preferencia se decidirá por riguroso orden de presentación de
las solicitudes.

El listado

provisional

de

personas

autorizadas

será

publicado

en

la

pági-

na web de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
(http://www.juntaex.es/con03/ y http://extremambiente.juntaex.es) y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de la localidad en cuyo término se ubica el Monte, y las personas interesadas podrán formular las alegaciones que estimen convenientes dentro del
plazo que se fije en dicha publicación, que en ningún caso será inferior a diez días desde
que tenga lugar aquella.
En el caso de que se presenten alegaciones, estas serán analizadas por el Servicio de
Ordenación y Gestión Forestal, y se confeccionará el listado definitivo de personas autorizadas y listado de suplentes, que será publicado de la misma forma que el provisional.
Cuando no se hayan presentado alegaciones en el plazo fijado en el apartado anterior, el
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal diligenciará tal circunstancia, y el listado provisional se considerará como definitivo, siendo objeto de publicación por los mismos medios
que el provisional.
Quinta. Otorgamiento de la autorización.
1. O
 torgadas definitivamente las autorizaciones, la persona adjudicataria dispondrá de un
plazo de 10 días, a contar desde de notificación del listado definitivo, para acreditar el pago
del precio anual ofertado de la autorización.