Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061695)
Resolución de 1 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina de cebo, en el término municipal de Puebla de Alcocer, cuyo promotor es Agrícola Ganadera Lomas del Río Zújar, SL. Expte.: IA18/1446.
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NÚMERO 110
Jueves, 10 de junio de 2021



28907

Se prevé que el impacto sobre el paisaje sea mínimo debido a que el proyecto
se localiza en una zona de carácter agropecuario de similares características. No
obstante, el proyecto contempla la aplicación de medidas de integración paisajísticas.




— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de construcción del proyecto la calidad del aire se verá afectada
por la emisión difusa de partículas de polvo y emisiones gaseosas a la atmósfera y se generará ruido, en todos los casos producidos por el funcionamiento de
la maquinaria y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras
habituales para este tipo de obras disminuyen el impacto causado. En la fase de
funcionamiento el impacto sobre la calidad del aire, lo mismo que el ruido y la
contaminación lumínica, y se limita al movimiento de vehículos en operaciones de
suministro de mercaderías, carga y descarga de animales, retirada de residuos y
operaciones de mantenimiento y trabajo diario, así como con los contaminantes
emitidos por los animales.



Los contaminantes emitidos a la atmósfera derivados de los animales presentes
en la explotación serán principalmente N2O (almacenamiento exterior de estiércol), NH3 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior) y CH4
(volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior). Todas emisiones
provienen de focos difusos y dada la enorme dificultad para el control de los valores límite de emisión de las mismas se sustituirán por la aplicación de una serie
de medidas presentes en la resolución.



No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre la calidad de
aire, ruido y contaminación lumínica siempre y cuando se adopten las medidas
correctoras propuestas.




— Patrimonio arqueológico y dominio público.
No existen referencias a la existencia de yacimientos o elementos arqueológicos
documentados.



En el área de estudio no discurren vías pecuarias ni caminos públicos.



No se prevé ninguna afección a monte de utilidad pública. En el entorno cercano
de la explotación si existen Montes de Utilidad Pública.



No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre el patrimonio
arqueológico y dominio público siempre y cuando se adopten las medidas correctoras propuestas.