Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Promoción Cultural. Ayudas. (2021061666)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Secretaría General, sobre convocatoria de las ayudas destinadas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2021.
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NÚMERO 109
Miércoles, 9 de junio de 2021

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f) Aceptación de la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de los quince días naturales siguientes a la publicación de la resolución de la subvención los beneficiarios no
manifiestan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la misma, comprometiéndose a ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condiciones establecidas.
g) Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir el resto de las obligaciones establecidas en
el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
h) Realizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (contratación de recursos prestados por personas y empresas, residentes y con domicilio
respectivamente en el citado territorio) como mínimo del 100% de la ayuda concedida.
i) Disponer de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español en el momento de solicitar el pago de la ayuda.
j) Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la subvención en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de solicitar el pago.
k) Comunicar a la Secretaria General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes de la Junta de Extremadura la fecha del estreno comercial en su caso.
l) Presentar en el plazo de dieciocho meses desde la fecha de finalización del plazo de
justificación:


• Resolución de la calificación por grupo de edades.



• Certificado de nacionalidad española.

• Documentación acreditativa de la inscripción en el depósito legal del largometraje
realizado.


• Una copia en formato DCP en Versión Original, con la Posibilidad de activar los subtítulos en inglés. En el caso de que la versión original esté en inglés la posibilidad de
activar los subtítulos en castellano



• Una copia en Blu-Ray del largometraje realizado.

m) La entidad beneficiaria deberá asumir el compromiso de mantener en su propiedad la
titularidad de los derechos de la película durante el plazo de tres años desde la calificación.