Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Promoción Cultural. Ayudas. (2021061666)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Secretaría General, sobre convocatoria de las ayudas destinadas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2021.
72 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 109
Miércoles, 9 de junio de 2021



28576

• En la documentación justificativa del pago, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y la factura a
que corresponde dicho pago.

Decimoctavo. Publicidad de la subvención.
En todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de las producciones objeto de
ayuda, deberá constar en lugar destacado que se trata de una obra subvencionada por la Junta de Extremadura, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad
Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
En todo caso esta constancia deberá aparecer en un cartón individualizado de inicio de la
película.
Decimonoveno. Obligaciones de los beneficiarios.
Serán obligaciones de los beneficiarios de las ayudas:
a) Autorizar expresamente a la Consejería Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura a exhibir la producción en circuitos exclusivamente culturales no comerciales
en los medios que la Consejería mencionada decida y por tiempo indefinido, siempre
con posterioridad a los dos años desde su estreno comercial. En todo caso, y para estos
fines, la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura podrá
realizar cuantas copias considere precisas.
D
 e todo ello se informará a la empresa beneficiaria por parte de la Consejería Cultura,
Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura.
b) Comunicar a la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes de la Junta de Extremadura la fecha de iniciación y de finalización del rodaje.
En películas de animación se considerará inicio de rodaje la fecha de comienzo del movimiento en los dibujos, y final de rodaje el momento en que terminan las filmaciones y
antes del proceso de mezclas y montaje.
c) Entregar a la Filmoteca de Extremadura un ejemplar de todos los materiales promocionales editados.
d) Acreditar estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en
el caso de haberse opuesto o haber denegado la autorización para la oportuna comprobación de oficio por parte del órgano gestor.
e) Llevar, en su caso, los libros y registros contables separados o códigos contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.