Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Promoción Cultural. Ayudas. (2021061666)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Secretaría General, sobre convocatoria de las ayudas destinadas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2021.
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NÚMERO 109
Miércoles, 9 de junio de 2021

28567

e) Que la obra audiovisual utilice el patrimonio arquitectónico, arqueológico o
natural de la Comunidad Extremeña.
Dichos extremos se motivarán mediante declaración del Anexo X de forma individualizada
por cada apartado.
3. Composición equilibrada entre hombres y mujeres (según lo declarado en el anexo I):
A. Valorándose positivamente los proyectos que tengan una composición equilibrada entre hombres y mujeres. Se entiende composición equilibrada aquella situación en que
ambos sexos estén representados dentro del equipo de producción (Director/a, guionista, productor/a ejecutivo/a, director/a de fotografía, compositor/a de la música,
montador/a jefe, director/a artístico/a, jefe/a de sonido y actores/actrices principales)


• Más del 40% hasta el 50% y 50% hasta menos del 60%: 5 puntos.



• Más del 30% hasta el 40% y 60% hasta menos del 70%: 4 puntos.



• Más del 20% hasta el 30% y 70% hasta menos del 80%: 3 puntos.



• Más del 10% hasta el 20% y 80% hasta menos del 90%: 2 puntos.



• Más del 0% hasta el 10% y 90% hasta menos del 100%: 1 punto.

B. Aquellas solicitudes que no obtengan un mínimo de 25 puntos entre el segundo y tercer
apartado, serán excluidas de la convocatoria.
Decimosegundo. Resolución.
1. A la vista del informe de la Comisión de Valoración, la Secretaria General de Cultura formulará la correspondiente propuesta de resolución al Secretario General de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura, que dictará resolución expresa
y motivada en el plazo de un mes desde la elevación de aquella. La propuesta del órgano
instructor no podrá separarse del informe de la Comisión de Valoración.
2. L
 a resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, será notificada individualmente a
los beneficiarios y publicada en el Diario Oficial de Extremadura, y en ella se hará constar
los beneficiarios y la cuantía concedida, así como los proyectos desestimados y los motivos
de desestimación.
3. Contra dicha resolución, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes