Consejería De Educación Y Empleo. Formación Del Profesorado. Ayudas. (2021061517)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la participación en actividades de formación del profesorado.
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NÚMERO 109
Miércoles, 9 de junio de 2021

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a) Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de las subvenciones.
b) Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o
la entidad colaboradora, en su caso, así como a cualesquiera otras de comprobación y
control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio
de las actuaciones anteriores.
d) Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas,
así como la modificación de las circunstancias que hubieren fundamentado la concesión
de la subvención.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con
anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago que se halla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social.
f) Acreditar los gastos y pagos efectuados mediante facturas y demás documentos de valor
probatorio en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa.
g) Justificar la superación de la actividad formativa a la que hace referencia el apartado
b) del resuelvo cuarto, en un plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de
finalización de la actividad, entendiéndose como tal, aquella en la que se realice la
última prueba, examen o sesión formativa. En el caso de las referidas al apartado a)
del resuelvo cuarto, dicha justificación se hará en el momento de presentar la solicitud
mediante certificación académica de los estudios realizados donde se haga constar que
ha superado los mismos.
Octavo. Plazo y presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes para las actividades de formación correspondientes
a la modalidad A, se iniciará el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria
y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura y concluirá el 31 de agosto de 2021.