Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021040066)
Decreto 55/2021, de 4 de junio, por el que se modifica el Decreto 211/2009, de 11 de septiembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial del entorno del Embalse de Alqueva.
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NÚMERO 109

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Miércoles, 9 de junio de 2021

5. Para la autorización del uso residencial en las áreas coincidentes con las zonas delimitadas
como ZIP y ZAI de los Planes de Gestión de la Red Natura 2000 deberá tenerse en cuenta
la regulación establecida por la legislación en materia de medio ambiente. Además, cuando
sea posible se procederá a la restauración vegetal con especies propias del lugar en aquellos espacios afectados por las labores de construcción.
6. El uso industria fotovoltaica está permitido siempre que:
a) No haya especies del Anexo 1 de la Directiva de Aves (2009/147/CE), especies del
Anexos 11 de la Directiva de Hábitats (92/43/CEE) y especies del Anexo 1 del Decreto
37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura y las especies incluidas en los Decreto 74/2016, de 7 de junio,
y Decreto 78/2018, de 5 de junio, por los que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de
marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, al igual que hábitats naturales de interés comunitario inventariados en el anexo I
de la Directiva Hábitat 92/43/CEE constituidos por dehesas 6310 o por encinar 9340.
b) Que se justifique su menor impacto, evitando áreas de alta densidad de arbolado, considerando éstas como aquellas cuya densidad de arbolado es superior 5 pies por hectárea.
c) En los lugares incluidos en Red Natura 2000 estará permitido la industria fotovoltaica
únicamente en los lugares zonificados como zona de interés y zona de uso general siempre y cuando se cumpla con lo expuesto anteriormente.
7. En la implantación de industria fotovoltaica se procurará la creación de pantallas vegetales
de especies autóctonas que minimicen el impacto visual en el perímetro de la instalación.
Con el mismo fin se emplearán texturas, colores y materiales adecuados para las construcciones e infraestructuras auxiliares.

ZONA DE DEHESAS
A= Aceptado C= Condicionado P= Prohibido NSC= No se considera
Protección y educación ambiental
Protección

A

Conservación activa

A