Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061682)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 25 de las Normas Subsidiarias de Trujillo. Expte.: IA19/1867.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 108
Martes, 8 de junio de 2021

28322

destrucción de la vegetación autóctona, destrucción de hábitats naturales de interés comunitario, molestias y desplazamiento de especies protegidas, destrucción de zonas de
reproducción y áreas de campeo intensivo de aves esteparias, aumento de la ocupación
del suelo, ruidos, impacto paisajístico, etc. los cuales deberán estudiarse de una manera
más exhaustiva.
Esta modificación establece el marco para la autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental, incluidos entre los anexos de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por lo
que cualquier proyecto de actividad que se pretenda realizar en este suelo deberá contar
con los instrumentos de intervención ambiental pertinentes, que permitan establecer los
sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias o
mezclas potencialmente contaminantes.
Dado el alcance de la modificación propuesta y la calidad ambiental de la zona, la modificación puntual puede afectar significativamente a los valores ambientales presentes en el
término municipal.
Los aspectos ambientales deben ser integrados adecuadamente en la modificación puntual
propuesta, para que ésta se desarrolle de una forma sostenible. Por ello, será necesario
llevar a cabo la evaluación ambiental de forma que se determinen las zonas con presencia
de valores que se puedan ver afectados significativamente, así como la forma para acoger
las modificaciones propuestas, previniendo y corrigiendo posibles afecciones.
4. Conclusiones
En virtud de lo expuesto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad considera que la modificación puntual n.º 25 de las
Normas Subsidiarias de Trujillo debe someterse a una evaluación ambiental estratégica
ordinaria prevista en la subsección 1ª, de la sección 1ª del capítulo VII del título I de la ley
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura porque pueda tener
efectos significativos sobre el medio ambiente.
Junto a este informe se ha elaborado el documento de alcance del estudio ambiental estratégico, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas en base al artículo
51 de Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, que se hará público a través de la página web de la Dirección General de
Sostenibilidad (http://extremambiente.juntaex.es).
El informe ambiental estratégico se hará público a través del Diario Oficial de Extremadura y de
la página web de la Dirección General de Sostenibilidad (http://extremambiente.juntaex.es),