Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Dehesas. Subvenciones. (2020061929)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Lunes, 7 de junio de 2021

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(http://www.gobex.es/con03/). También ordenará su inserción en los tablones de anuncios de las sedes de la Dirección General de Política Forestal en Badajoz, Cáceres y Mérida.
De forma complementaria, la Administración realizará comunicaciones en los mismos términos indicados en el apartado 11.3. de esta resolución.
La propuesta de resolución provisional contendrá la relación ordenada de las entidades
solicitantes para las que se propone la concesión de las ayudas, hasta agotar el crédito
presupuestario previsto, y la relación de aquellas para las que se propone su desestimación por haberse agotado dicho crédito, así como la evaluación y los criterios de selección
seguidos para efectuarla.
Las entidades que no sean propuestas inicialmente como adjudicatarias por agotarse el
crédito presupuestario, pero que cumplan los requisitos exigibles para obtener la condición
de beneficiarias, pasarán a conformar una lista de reserva que formará igualmente parte
de la propuesta de resolución.
Las entidades interesadas incluidas en la propuesta de resolución provisional, podrán formular en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente al de su publicación,
las alegaciones que correspondan a la evaluación, importe, o cualquier otra circunstancia
relacionada con la referida propuesta.
Cuando lo alegado verse sobre la discrepancia con la puntuación asignada, el órgano instructor procederá a su análisis, dando traslado de las mismas a la Comisión de Valoración,
que emitirá informe vinculante de todo lo actuado.
2. El órgano instructor, a la vista del informe de la Comisión de Valoración, emitirá informe
donde se concrete el resultado de las alegaciones y formulará su propuesta de resolución
definitiva, que deberá expresar la relación de entidades solicitantes para las que se propone la concesión de la subvención y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios
de valoración seguidos.
La propuesta de resolución definitiva será notificada a las entidades interesadas propuestas como beneficiarias mediante su publicación en los mismos términos previstos para la
notificación de la propuesta de resolución provisional.
En el supuesto de que las entidades propuestas como beneficiarias rechacen dicha propuesta, deberán comunicarlo, de forma expresa y mediante escrito dirigido al órgano
instructor, en el plazo de diez días, a partir del día siguiente a su notificación. Para ello podrán utilizar el modelo normalizado I, al que hace referencia el punto vigésimo sexto de la
presente resolución. En caso contrario, transcurrido dicho plazo sin que se haya producido
manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada.