Servicio Extremeño Público De Empleo. Economía Social. Subvenciones. (2021061642)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021-2022 de las subvenciones para el fomento del empleo en la economía social al amparo del Decreto 89/2016, de 28 de junio.
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NÚMERO 107
Lunes, 7 de junio de 2021

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b) 19.000 euros por la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño de funciones gerenciales o directivas, cuando sólo concurra la existencia de titulación
académica o la de experiencia profesional previa de al menos doce meses en funciones
directivas o gerenciales.
c) 13.000 euros por la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño
de funciones de personal técnico titulado, debiendo ser acordes las funciones desempeñadas y reflejadas en los contratos, con el título poseído.
Para las tres categorías de subvenciones anteriores, las personas trabajadoras por las
que se solicite subvención deberán encuadrarse, a efectos de afiliación en la Seguridad
Social, en los Grupos de Cotización 1, 2 ó 3, según categorías.
d) El importe de las ayudas establecidas en los tres apartados anteriores, se incrementará
en la cantidad de 1.000 euros cuando se trate de sociedades en las que concurra la
Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados, sin obligación legal, Planes Empresariales de Igualdad de Género. En cualquiera de los dos casos
deberán cumplirse las condiciones recogidas en la letra f) incluida en el apartado 1 del
apartado 9º, de la presente resolución.
e) El importe de las ayudas establecidas en los apartados a), b) y c) anteriores se incrementará adicionalmente en la cantidad de 6.000 euros, cuando la entidad beneficiaria
sea una cooperativa resultante de un nuevo proceso de integración cooperativa, en
cualquiera de sus modalidades.
A estos efectos se considerará que una sociedad es la resultante de una operación de
integración cooperativa, cuando entre la fecha de otorgamiento de la escritura pública
por la que se formalice el resultado del proceso de integración en cualquiera de sus
modalidades y la fecha de solicitud de la ayuda por creación de empleo, no haya transcurrido un periodo superior a doce meses.
2. El importe de la subvención que pueda concederse, por la creación de puestos de trabajo en
este programa, se modulará en relación con la reducción de jornada laboral que realicen las
personas trabajadoras contratadas, cuando éstas presten servicios a tiempo parcial, que no
podrá ser, en ningún caso, menor del 50% de la jornada laboral.
Décimo primero. Financiación.
1. E
 l crédito total destinado a la financiación de este programa es de 1.942.880,00 euros,
con cargo al código proyecto 20050386, “Fomento del Empleo en el ámbito de la Economía Social”, aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/47000 CAG0000001 20050386
financiado con recursos propios de la Junta de Extremadura, con los siguientes importes
por anualidad y aplicación presupuestaria: