Servicio Extremeño Público De Empleo. Economía Social. Subvenciones. (2021061642)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021-2022 de las subvenciones para el fomento del empleo en la economía social al amparo del Decreto 89/2016, de 28 de junio.
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NÚMERO 107
Lunes, 7 de junio de 2021



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e) En el caso que se solicite el Incremento adicional derivado de la Cláusula de Responsabilidad Social, certificación emitida por el Registro de Empresas Socialmente Responsables de Extremadura, dependiente del órgano con competencias en la
materia, donde se reflejen las fechas de calificación e inscripción en el mismo.



f) En el supuesto de solicitarse el Incremento adicional por la implantación de un
Plan de Igualdad en la empresa, copia del Acta de la Comisión de Igualdad o Comisión de Seguimiento y Evaluación del Plan, constituidas en la empresa, acreditativa de la implantación de las medidas que, tras la realización del Diagnóstico
inicial de género, intentan favorecer condiciones de igualdad y paliar o corregir
situaciones de desigualdad.

g) 
La Administración podrá requerir la presentación de cualquier otra documentación que estime adecuada para valorar los casos en los que, a la vista de las
circunstancias que se desprendan del conjunto del expediente, se presuma que
la sociedad solicitante es continuación o deriva de una empresa preexistente con
otra denominación o forma jurídica.


B.2 Documentación específica de las personas trabajadoras para el Programa I.



a) Certificado acreditativo de que las personas socias trabajadoras causantes de la
subvención se encontraban inscritas previamente como demandantes de empleo
en un Servicio Público de Empleo.



b) En el caso de personas socias que en los seis meses anteriores a su incorporación
a la sociedad hubieran mantenido relación laboral indefinida a jornada completa
con cualquier empresa, deberán presentar copia de la sentencia judicial, acta de
conciliación, carta de despido o documento de baja en Seguridad Social que acredite la causa de extinción de esa relación laboral.



c) Cuando se solicite subvención por la incorporación de personas socias trabajadoras que tengan la condición de persona con discapacidad, copia autenticada del
documento expedido por el organismo público que tuviera atribuida la función de
reconocer y calificar la discapacidad.



d) En el caso de personas desempleadas extremeñas que retornen de la emigración
se aportará certificado de poseer la condición de persona extremeña retornada,
expedido por la Dirección General que ostente las competencias en materia de
acción exterior de la Junta de Extremadura.



e) Para el supuesto de personas socias trabajadoras que provengan de programas
subvencionados y financiados por el Servicio Extremeño Público de Empleo, así
como de proyectos innovadores y de fomento del empleo en el ámbito local,