Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061660)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la oficina para la innovación, en el ámbito de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para el periodo 2021-2022.
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NÚMERO 106
27784
Viernes, 4 de junio de 2021
legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa en él, por la citada
Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo
que le sean de aplicación. No obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización
del contrato a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de la actuación, deberá
estar sujeto a la aplicación estricta de dicha Ley de Contratos del Sector Público.
Así mismo, le será de aplicación la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública
de Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula sexta de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio
El Consejero de Economía, Ciencia y
El Director Gerente de la Fundación
Agenda Digital,
Fundecyt-Parque Parque Científico y
P.A, Resolución de 18 de julio de 2019
Tecnológico de Extremadura,
(DOE núm. 141, de 23 de julio)
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
ANTONIO VERDE CORDERO
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Viernes, 4 de junio de 2021
legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa en él, por la citada
Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo
que le sean de aplicación. No obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización
del contrato a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de la actuación, deberá
estar sujeto a la aplicación estricta de dicha Ley de Contratos del Sector Público.
Así mismo, le será de aplicación la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública
de Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula sexta de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio
El Consejero de Economía, Ciencia y
El Director Gerente de la Fundación
Agenda Digital,
Fundecyt-Parque Parque Científico y
P.A, Resolución de 18 de julio de 2019
Tecnológico de Extremadura,
(DOE núm. 141, de 23 de julio)
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
ANTONIO VERDE CORDERO