Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061603)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura (FEMPEX) por el que se concede una subvención en el ejercicio 2021 para la promoción y fomento de la prevención de riesgos laborales de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la prevención de riesgos laborales (2020-2023).
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021

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Segunda. Medios aportados
FEMPEX aportará los medios personales y materiales necesarios para la promoción y el fomento de la Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad Autónoma de Extremadura
para llevar a la práctica lo establecido en el presente convenio, en ejecución del Plan de Actividades que se acompaña como Anexo.
Tercera. Plan de Actividades.
FEMPEX ejecutará el referido Plan de Actividades previsto en el Anexo, en el que se fijan los
objetivos para dar continuidad al VIII Plan de Actuación, acciones pormenorizadas a desarrollar, identificación de medios humanos que llevarán a cabo las acciones y sus costes laborales,
los recursos humanos y materiales, la evaluación y seguimiento de cada acción, así como un
presupuesto y una memoria explicativa de los gastos a realizar que dimanen del presente
convenio.
Cuarta. Financiación
Para financiar el desarrollo del Plan de Actuación, a que se refiere la cláusula anterior, la Junta
de Extremadura aportará a FEMPEX el importe total de 210.500 € con cargo a la siguiente
partida presupuestaria de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el ejercicio 2021: posición presupuestaria G/325A.489.00, órgano gestor
13007, PEP 20140129 “FEMPEX. Fomento de la Prevención de Riesgos”, financiada con fondos
de la Comunidad Autónoma.
Quinta. Forma de pago.
El pago del importe total de la ayuda se efectuará de la siguiente forma:
• Un primer pago del 75 % del importe total de la subvención por valor de 157.875 €, una
vez suscrito el presente Convenio.
• El 25 % restante por importe de 52.625 € previa justificación antes del 30 de septiembre
de 2021 de al menos el 50% del importe previamente anticipado. Excepcionalmente, en
el supuesto de imposibilidad material de ejecución de las actuaciones y/o justificación
de los gastos subvencionables, el plazo de ejecución y/o justificación podrá ampliarse,
previa autorización del órgano gestor de la ayuda mediante Resolución de la Dirección
General de Trabajo.
Para proceder a la citada ampliación, FEMPEX deberá presentar la solicitud con una antelación
de al menos cinco días a la fecha de finalización del plazo de justificación, debiendo acreditar
debidamente la imposibilidad de ejecución y /o justificación.