Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061620)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para instalación de máquinas de perfilado de bobinas de aluminio para la fabricación de lamas de aluminio térmicas y cajones de aluminio para persianas, promovida por Extremeña de perfilados de aluminio, SL, (EXPALUM), en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz).
22 páginas totales
Página
NÚMERO 106

27925

Viernes, 4 de junio de 2021

sados, incluyendo la notificación de los vecinos inmediatos, así como la alegación presentada
por uno de los vecinos, que fue estudiada, y se aporta informe del arquitecto técnico, conforme a lo establecido en la Ley 16/2015, de 23 de abril,
Séptimo. Con fecha 25 de febrero de 2021 se emite la resolución por la que se formula informe de impacto ambiental favorable que se trascribe en el anexo III.
Octavo. Una vez evaluada la solicitud de autorización ambiental unificada para la actividad
referida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el técnico que suscribe
informa la implantación y desarrollo de la actividad pretendida, previamente al trámite de
audiencia a los interesados. No obstante, el órgano ambiental formulará la propuesta de resolución en el sentido que proceda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para el dictado de la presente resolución la Dirección General
de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en particular en la Categoría 6.4 del anexo II de la Ley 16/2015, relativa al
“Tratamiento y obtención de materiales poliméricos”.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se
somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o
modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades
que se incluyen en el anexo II de la presente ley.
Cuarto. A la vista de los anteriores Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y del
informe técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, la Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Extremeña de perfilados de aluminio, SL,
(EXPALUM), para instalación de máquinas de perfilado de bobinas de aluminio para la fabricación de lamas de aluminio térmicas y cajones de aluminio para persianas, ubicada en la calle
Ecuador n.º 2, del polígono municipal de Fuente del Maestre (Badajoz), a los efectos recogi-