Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021061675)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Federación de Asociaciones de Mujeres Rurales, FADEMUR Extremadura, para la realización del proyecto "sembrando conciencias, recogemos igualdad" para la prevención, formación, información y concienciación en el medio rural sobre la violencia de género en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021

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comprobados tanto por los Servicios de esta Consejería, así como, por la Intervención General
de la Junta de Extremadura y el Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de sus competencias de
control del gasto público. Además, ambas partes se comprometen a suministrarse regularmente la información de interés mutuo sobre el proyecto desarrollado.
Decimocuarto. Publicidad.
En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de este proyecto se hará constar expresamente que éste se ha financiado con
cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de Estado de Igualdad).
Asimismo, en todos los elementos distintivos del proyecto, deberá figurar que está subvencionado por la Consejería de Igualdad y Portavocía.
La entidad beneficiaria está obligada a dar publicidad de la subvención concedida, en los términos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión
de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y en el artículo 17.3 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Si el proyecto incluyera actos públicos, éstos deberían ponerse en conocimiento de la Consejería de Igualdad y Portavocía con dos semanas de antelación, como mínimo, adjuntando
folleto informativo de dichos actos, debiendo quedar de manera indubitada la financiación
del Proyecto por el Pacto de Estado contra la violencia de género y Consejería de Igualdad y
Portavocía de la Junta de Extremadura.
A su vez, la entidad beneficiaria se compromete a solicitar autorización previa a la Consejería
de Igualdad y Portavocía cuando desee hacer públicos los resultados de las actividades financiadas por medio de la subvención propuesta.
Decimoquinto. Reintegro de la subvención.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia de interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde
la procedencia del reintegro, en los casos recogidos en el artículo 43.1 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el caso de incumplimientos parciales, el órgano concedente determinará la cantidad a reintegrar por la entidad beneficiaria respondiendo al principio de proporcionalidad, en función de
los costes justificados y las actividades acreditadas, siempre que el cumplimiento por aquélla
se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y quede acreditada una actuación
inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.