Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2021050088)
Orden de 26 de mayo de 2021 por la que se convoca el proceso de admisión y matriculación para cursar ciclos de Formación Profesional Básica de oferta obligatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2021-2022.
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Viernes, 4 de junio de 2021

Artículo 10. Criterios de admisión a primer curso de aspirantes de oferta obligatoria.
1. Cuando el número de plazas vacantes disponibles sea igual o superior al de solicitudes
presentadas, serán admitidas todas las solicitudes.
2. Cuando el número de plazas vacantes de esta oferta formativa sea inferior al de las solicitudes presentadas, se ordenarán las mismas en orden decreciente de puntuación de acuerdo
con el baremo que se expresa en la siguiente tabla:

Admisión y matriculación para ciclos de formación profesional básica 2021-2022.
Baremo para la ordenación de aspirantes a la oferta obligatoria.
SITUACIÓN O CIRCUNSTANCIA

BAREMO EN PUNTOS

Alumnado que cumpla 17 años en el año 2021

5

Alumnado que cumpla 16 años en el año 2021

3

Alumnado que cumpla 15 años en el año 2021

2

Aspirantes que hayan cursado 4º de ESO en el curso 2020-2021

5

Aspirantes que hayan cursado 3º de ESO en el curso 2020-2021

5

Aspirantes que hayan cursado 2º de ESO en el curso 2020-2021

1

Aspirantes que legalmente no puedan repetir o continuar estudios de ESO
en centros no específicos de adultos.
“Art 34.9 del D 98/2016 El alumnado podrá repetir el mismo curso una sola vez y
dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba
producirse en tercero o en cuarto cursos, tendrá derecho a permanecer en régimen
ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años de
edad, cumplidos en el año en que finalice el curso. Excepcionalmente, podrá repetir
una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la
etapa” Art 24.5 del D 98/2016 “Con carácter general, el alumnado tendrá derecho a
permanecer en esta etapa, en régimen ordinario, hasta los dieciocho años de edad,
cumplidos en el año en que finalice el curso.”

Aspirantes que hayan estado matriculados durante el curso 2020-2021 en
el mismo Centro de impartición del ciclo de Formación Profesional Básica
solicitado

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