Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Dehesas. Subvenciones. (2020062398)
Resolución de 9 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de titularidad privada de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 105
Jueves, 3 de junio de 2021

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4. Tras efectuar los cálculos correspondientes, la Comisión de Valoración obtendrá un listado
ordenado provisional de las solicitudes, que se publicará en el portal del ciudadano http://
ciudadano.gobex.es/web/portal/tramites), y en el de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (http://www.gobex.es/con03/).
5. N
 o será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes válidamente presentadas
en plazo y que alcancen la puntuación mínima establecida en el apartado anterior, si el
crédito consignado en la convocatoria fuere suficiente para satisfacer todas ellas.
Undécimo. Subsanación y mejora de la solicitud.
1. Si la solicitud no reúne los requisitos necesarios exigidos por las bases reguladoras, se
requerirá para que, en el plazo máximo e improrrogable de diez días, se subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. E
 l requerimiento de subsanación se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el DOE y, de forma adicional, en el Portal del Ciudadano (http://ciudadano.
gobex.es/web/portal/tramites) y en el de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio (http://www.gobex.es/con03/).
3. De forma complementaria, la Administración realizará comunicaciones a las personas solicitantes que así lo hayan hecho constar en su solicitud, mediante “sms”, envío al correo
electrónico consignado en la misma o a través de la plataforma LABOREO, cuando se hayan
realizado la solicitud mediante ARADO.
4. N
 o serán objeto de subsanación en ninguna fase del procedimiento los datos consignados
en el apartado “Criterio de selección 4” de la solicitud, ya que su objetivo es únicamente
determinar la puntuación de la solicitud, no pudiendo ser objeto de modificación una vez
concluido el plazo de presentación de solicitudes.
Duodécimo. Procedimiento de concesión, ordenación, instrucción y resolución del
procedimiento de concesión.
1. L
 a concesión de subvenciones objeto de la presente convocatoria se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria pública de carácter periódico, teniendo en
cuenta lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación. Se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura, tanto la presente convocatoria como el preceptivo extracto de la