Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061590)
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas con destino a riego de 60 hectáreas" promovido por Dña. Ángeles Mera Gómez-Bravo. Expte.: IA19/0026
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Jueves, 3 de junio de 2021

de impacto ambiental ordinaria y señalar las implicaciones ambientales del mismo, señalando
con una “X” aquellos que han emitido informe en relación con la documentación ambiental:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas

X

Servicio de Regadíos

X

Ayuntamiento de Acedera
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal

X

Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural

X

Sociedad Española de Ornitología, SEO Bird/Life
Asociación para la Defensa de la Naturaleza y de los Recursos
de Extremadura (ADENEX)
Ecologistas en Acción
Confederación Hidrográfica del Guadiana

X

El resultado de las contestaciones de las distintas Administraciones Públicas, se resume a
continuación:
— La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural emite informe favorable al proyecto de referencia, condicionado al cumplimiento de una serie de medidas
destinadas a la protección del patrimonio arqueológico no detectado en superficie que
pudiera verse afectado. El informe se emite en virtud de lo establecido en los artículos
30 y 49 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, sin perjuicio de aquellos otros requisitos legal o reglamentariamente establecidos.
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana informa que, por el interior de la zona de riego discurre el cauce de un arroyo tributario del río Gargáligas que constituye el DPH del
Estado, definido en el artículo 2 del texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado
por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Los márgenes que lindan con el