Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Trámites Telemáticos. (2021061592)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba el modelo de solicitud para el acceso telemático a la aplicación de control de acceso a los establecimientos de juego de Extremadura.
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NÚMERO 103
Martes, 1 de junio de 2021

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RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2021, de la Dirección General de Tributos,
por la que se aprueba el modelo de solicitud para el acceso telemático a
la aplicación de control de acceso a los establecimientos de juego de
Extremadura. (2021061592)
La Ley 6/1998, de 18 de junio del Juego de Extremadura, en su artículo 26 establece que
el Registro de Limitaciones de Acceso de la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene el
objetivo de impedir la participación en las actividades de juego a las personas que voluntariamente soliciten su inscripción y las que deban serlo en virtud de resolución.
En su artículo 47, la referida Ley del Juego establece que los establecimientos autorizados
para la práctica de juegos y apuestas, casinos, salas de bingo, salones de juego, locales específicos de apuestas, zonas de apuestas en recintos deportivos y otros espacios deberán tener
obligatoriamente a la entrada del local un servicio de admisión que controlará el acceso al
local de todos los jugadores o visitantes.
El Decreto 192/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Vicepresidencia primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, y de modificación
del Decreto 206/2010, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Extremadura,
establece en su artículo 7, que a la Dirección General de Tributos, le corresponde la gestión de
las competencias y funciones que ostente la Comunidad Autónoma en materia de juego y, entre otras, la gestión de los registros de juego y del registro de limitaciones de acceso al Juego.
El Registro de Limitaciones de acceso al Juego es el sistema destinado a recoger la información necesaria para hacer efectivo el derecho subjetivo de los ciudadanos a que les sea prohibida la entrada en los establecimientos de juego cuando así se prevea específicamente en
la normativa correspondiente.
Mediante la presente resolución se pretende dar acceso para consultar, a los diferentes establecimientos de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante acceso telemático al Registro y así impedir el acceso a los mismos a todas las personas que consten en el
Registro como “prohibidos” siendo visualizados únicamente los datos que sean estrictamente
necesarios garantizando en todo la aplicación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Por tanto en virtud de lo expuesto,