Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061573)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de valorización de residuos no peligrosos promovida por Explotaciones Forestales Marle, SL, en el término municipal de Mérida (Badajoz).
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Martes, 1 de junio de 2021

2. Como medidas correctoras se contemplan los muros separadores en la nave de proceso que
actúan como pantalla protectora frente a los vientos dominantes de la zona.
-d- Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. Las instalaciones cuentan con una explanada asfaltada de 14.116 m2 y una solera hormigonada de 5.876 m2.
2. Las instalaciones cuentan con dos redes separativas de las aguas, teniendo por un lado las
aguas sanitarias y por otro las aguas pluviales limpias.
— Las aguas sanitarias del edificio de oficinas y las de la vivienda de vigilancia serán canalizadas bajo tubería enterrada de PVC con destino a una fosa séptica de 6,5 m3 que hay
en la parcela.
— Las aguas pluviales recogidas en las cubiertas de las instalaciones, así como las recogidas en explanadas impermeabilizadas, serán recogidas mediante una red enterrada de
PVC, disponiendo de imbornales con rejilla metálica para su recogida. Estas aguas pluviales tienen como destino un colector exterior cuya gestión compete a la Confederación
Hidrográfica del Guadiana, por lo que deberá obtener el consiguiente permiso de vertido.
3. Las aguas de la fosa séptica serán retiradas periódicamente por el consiguiente gestor
autorizado.
-e- Medidas relativas a la prevención, minimización y control de las
emisiones sonoras desde la instalación.
1. Las principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la siguiente tabla. En misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.
FUENTE SONORA

NIVEL DE EMISIÓN, dB(A)

Pala cargadora

90 dB(A)

Prensadora de cartón/plástico

70 dB(A)

Trituradora móvil de residuos de madera

105 dB(A)

2. Deberá en todo momento cumplir con los niveles sonoros máximos permitidos según lo
indicado en el decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Para ello deberá establecer las medidas de atenuación adecuadas en caso de ser
necesarias.