Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061570)
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "El Baldío 2" e infraestructura de evacuación en el término municipal de Majadas. Expte.: IA20/1242.
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NÚMERO 102
Lunes, 31 de mayo de 2021



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• Si el vallado del cerramiento discurriera por encima de cualquier cauce es
posible que pueda suponer un obstáculo para el libre fluir de las aguas con el
consecuente riesgo de taponamiento por arrastre de troncos, ramas, etc. Por
ello se recomienda dejar expedito el cauce de manera que se permita la libre
circulación de las aguas así como el posible tránsito de fauna acuática a través
de él, tanto en el sentido de la corriente como en el sentido contrario. No se
permitirá por ellos la construcción de un vallado que en la zona del cauce suponga una estructura que llegue hasta la lámina de agua, por lo cual el cruce
del cauce se deberá diseñar de forma que el cerramiento quede elevado sobre
el mismo en al menos un metro.



• Las reforestaciones contempladas en el plan de restauración, si afectan directamente a las riberas, por tratarse de actuaciones que se realizan en dominio
público hidráulico, deberán contar con la preceptiva autorización de este organismo, quien valorará si las propuestas de especies y tratamientos son los
adecuados para una mayor protección y mantenimiento de dicho dominio. En
principio se deberán utilizar especies autóctonas. En el caso que para la puesta
en práctica del Plan de Restauración estén previstas actividades de riego y de
abonado, como medida de protección se deberá cumplir lo recogido en el Código de Buenas Prácticas Agrarias.



— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y
Ordenación del Territorio, emite informe con fecha de 26 de febrero de 2021,
en el que se informa que, el municipio de Majadas posee como instrumento de
Planeamiento Urbanístico vigente un PGM con fecha de entrada en vigor el 28 de
julio de 2015, dando lugar a que todo procedimiento de licencia urbanística en el
término municipal de Majadas le son de aplicación las determinaciones del Plan
Territorial de Campo Arañuelo (PTCA). El municipio de Casatejada posee como
instrumento de Planeamiento Urbanístico vigente un Proyecto de Delimitación
de Suelo Urbano, hecho que se equipara a ausencia de planeamiento en el suelo
no urbanizable en este municipio, en consecuencia, el Plan Territorial de Campo
Arañuelo es de aplicación plena desde su entrada en vigor el 28 de noviembre de
2008 a los terrenos clasificados como suelo rústico del municipio, dando lugar a
que todo procedimiento de licencia urbanística en el término municipal de Casatejada le son de aplicación las determinaciones del Plan Territorial.



La ISF es compatible o no tiene afección en la regulación de ordenación del PTCA
por la que se haya afectado, específicamente por la siguiente:



• Itinerario recreativos - Estudio de la Vía Verde del Tiétar (Artículo 24. Red de
espacios de uso recreativo (NAD y D) y el Artículo 28. Vía verde del Tiétar (D y
R)).