Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0025)
Acuerdo de 24 de septiembre de 2020, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en la modificación puntual n.º 12.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Calera de León, que tiene como objeto el cambio de la distancia a linderos y la superficie máxima edificable aplicables al suelo no urbanizable.
11 páginas totales
Página
NÚMERO 102

26827

Lunes, 31 de mayo de 2021

ACUERDA
1. A
 probar definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Calera de León epigrafiada.
2. P
 ublicar, como anexo I a este acuerdo, la normativa urbanística afectada resultante de la
aprobación de la presente modificación.
Con carácter previo a la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, deberán actualizarse los datos de la Memoria Informativa y Justificativa (incluyendo solo los referentes al objeto final de la modificación), así como aportarse “refundido” de la modificación
sobre las hojas paginadas de la normativa afectada de las vigentes Normas Subsidiarias de
Planeamiento Municipal, y soporte digital, en formato editable, que incluya el texto del nuevo
artículo 153 resultante, que facilite su publicación (artículo 79.1.f de la Ley 10/2015 de 8 de
abril, de modificación de la LSOTEX).
Por otro lado, y a los efectos previstos en el artículo 79.2 de la Ley 10/2015, de 8 de abril, de
modificación de la LSOTEX (DOE 10-04-2015), a esta resolución (que también se publicará en
la sede electrónica la Junta de Extremadura), se acompañará un anexo II contemplativo de un
resumen ejecutivo (formato editable), en el que, con la identificación de la empresa o técnico
redactor del proyecto y su correspondiente cualificación empresarial o profesional, se recojan
las características esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de sus
posibles aspectos ambientales.
Como anexo III se acompañará certificado del Jefe de Sección de Gestión de Planeamiento
Urbanístico y Territorial y Secretario de la CUOTEX, en la que se hará constar la fecha y n.º
de inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado en el
Registro de Único de Urbanismo y de Ordenación del Territorio dependiente de esta Consejería
(artículo 79.1.f de la Ley 10/2015, de 8 de abril, de modificación de la LSOTEX).
Contra este acuerdo que tiene carácter normativo no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Mérida, 24 de septiembre de 2020.

V.º B.º Presidenta de la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio de
Extremadura,

Secretario de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura,

EULALIA ELENA MORENO DE ACEVEDO

JUAN IGNACIO RODRÍGUEZ ROLDÁN

YAGÜE