Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061533)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se deniega autorización ambiental unificada para seis hornos de mampostería para producción de carbón vegetal, promovida por Miguel Tienza La Huerta, en el término municipal de Alburquerque.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD

RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se deniega autorización ambiental unificada para seis hornos de
mampostería para producción de carbón vegetal, promovida por Miguel
Tienza La Huerta, en el término municipal de Alburquerque. (2021061533)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 17 de julio de 2018 tiene entrada en el Registro único de la Junta de
Extremadura la solicitud de autorización ambiental unificada para nueva instalación correspondiente a la actividad de seis hornos de mampostería para producción de carbón vegetal,
ubicada en Alburquerque y titularidad de Miguel Tienza La Huerta.
Segundo. La actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular,
está incluida en la categoría 4.1 del anexo II, relativa a “Instalaciones para la fabricación de
combustibles sólidos, líquidos o gaseosos, no incluidas en el Anexo I”.
Tercero. Con fecha 7 de febrero de 2019, se remitió copia del expediente al Ayuntamiento
de Alburquerque a fin de que por parte de éste se promoviera la participación real y efectiva
de las personas interesadas en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental unificada, notificando personalmente su inicio a los vecinos inmediatos al emplazamiento de la instalación, con indicación de que disponían de un plazo de 10 días para formular
alegaciones, con publicación de Anuncio en su Tablón de Edictos y en la sede electrónica del
Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En esa misma fecha La
Dirección General de Sostenibilidad (DGS), como órgano ambiental, publica Anuncio de fecha
23 de agosto de 2018 en su sede electrónica, poniendo a disposición del público, durante un
plazo de 10 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015. Dentro
de este periodo no se han recibido alegaciones.
Cuarto. El emplazamiento indicado para la actividad en el proyecto presentado es polígono
63, parcela 12. La instalación objeto del presente informe se encuentra a 162 metros de las
parcelas con referencia catastral 06006A05000356, 06006A05000362, 06006A05000335 y
06006A05000336, que constituyen núcleo de población. En estas parcelas existen edificaciones, y en particular en la parcela 06006A05000335 existen instalaciones situadas a 254
metros del recinto de los hornos cuyo uso catastral se recoge como ocio y hostelería.