Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. Lista De Espera. (2021050084)
Orden de 25 de mayo de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de listas de espera en el Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Económicas y/o Empresariales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Viernes, 28 de mayo de 2021

Por todo lo expuesto, vista la necesidad y urgencia de disponer de personal previamente seleccionado que permita la inmediata cobertura de aquellos puestos vacantes, que por razones
de urgencia o necesidad justificadas resulte imprescindible proveer y no puedan ser cubiertos por trabajadores fijos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, esta Consejería de
Hacienda y Administración Pública acuerda convocar pruebas selectivas para la constitución
de las correspondientes listas de espera con sujeción a las siguientes
BASES
Primera. Normas generales.
1. S
 e convocan pruebas selectivas para la constitución de lista de espera con el objeto de
atender las necesidades de personal no permanente mediante la provisión temporal de
puestos vacantes de personal funcionario en el Cuerpo de Titulados Superiores Especialidad Económicas y/o Empresariales.
2. L
 as bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar
a través de Internet en la dirección http://ciudadano.gobex.es/buscador-empleo-público
Además, a efectos informativos, se hará público, en la misma dirección de Internet, la relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitiva, y la relación de
aprobados.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. P
 ara ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español/a.
Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que
no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.