Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones. (2021050083)
Orden de 24 de mayo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021



i) Formación en habilidades sociales, desarrollo personal y empoderamiento.



j) Formación prelaboral, ocupacional y para el empleo.



k) Prospección de empleo.



l) Mediación social, comunitaria, intercultural



m) Solidaridad intergeneracional.

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4. L
 as diferentes convocatorias que se realicen podrán determinar, de entre los colectivos en
situación o riesgo de exclusión social y las actuaciones enumeradas en el presente artículo,
aquéllos que serán subvencionables en cada convocatoria en función de las necesidades
detectadas por la Consejería competente en materia de servicios sociales y, en su caso,
las prioridades marcadas por las diferentes fuentes de financiación de cada convocatoria.
5. L
 os programas objeto de subvención deberán desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la fecha de inicio y finalización de estos programas
deberá estar dentro del período de ejecución que establezca la correspondiente convocatoria, con independencia de la fecha de la publicación de la convocatoria y de su resolución.
Artículo 4. Requisitos para obtener la condición de beneficiaria y acceder a la
subvención.
1. P
 odrán obtener la condición de beneficiaria de estas subvenciones, las entidades del Tercer
Sector Social definidas en el artículo 2 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del Tercer
Sector Social de Extremadura, y la Cruz Roja Española, siempre que cumplan los siguientes
requisitos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:


a) Estar legalmente constituidas, con una antigüedad de, al menos, dos años y, cuando
proceda, debidamente inscritas en el correspondiente registro público.



b) Tener fines estatutarios adecuados para la realización del programa para el que solicita la subvención.



c) Tener sede o delegación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



d) Haber ejecutado dentro de los dos años anteriores actuaciones, proyectos o programas sociales de similares características para los que se solicita subvención en colaboración con alguna Administración pública. A tales efectos, se consideran actuaciones, proyectos o programas sociales de similares características aquellos dirigidos a