Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones. (2021050083)
Orden de 24 de mayo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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curso de alzada ante la persona titular de la consejería competente en materia de servicios
sociales en el plazo de un mes desde su notificación, sin perjuicio que la entidad interesada
pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime conveniente.
5. L
 a concesión de subvención al amparo de la presente orden y sus correspondientes convocatorias no comporta obligación alguna para la Junta de Extremadura de otorgar subvenciones en los siguientes ejercicios económicos para el mismo programa o programa similar.
Artículo 11. Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención.
1. U
 na vez recibidas las solicitudes y completada, en su caso, la documentación, se procederá a la evaluación de las solicitudes y programas presentados conforme a los siguientes
criterios objetivos de otorgamiento de la subvención y la puntuación establecida para cada
uno de ellos:
1.1 Criterios de valoración en relación con la entidad solicitante. Máximo 8,50 puntos, con
el siguiente desglose:



a) Experiencia de la entidad. Máximo 4 puntos.
La entidad ha ejecutado, dentro de los cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, actuaciones, proyectos o programas
sociales de similares características para los que solicita subvención en colaboración
con alguna administración pública: 0,50 puntos por cada actuación, proyecto o programa social ejecutado y hasta un máximo de 4 puntos.



A tales efectos, se consideran actuaciones, proyectos o programas sociales de similares características aquellos dirigidos a los colectivos enumerados en el artículo
3.1 destinatarios del programa para el que se solicita subvención y que hayan desarrollado una o varias actuaciones de las incluidas en el programa presentado de las
enumeradas en el artículo 3.3.




b) Calidad en la gestión. 1 punto.
La entidad solicitante cuenta con certificado de calidad en base a la norma ONG con
calidad, ISO 9001:2018, EFQM, u otros sistemas de calidad que garanticen el control
de los procesos y programas siempre que estén refrendados por una entidad externa
a la entidad solicitante, y se encuentren en vigor a fecha de presentación de solicitudes: 1 punto.



c) Sistema de auditoría externa. 1 punto.